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Documento BOE-A-1998-1256

Resolución de 19 de enero de 1998, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de otros ficheros catastrales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1998, páginas 2175 a 2183 (9 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-1256
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/01/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

Conforme establece el artículo 77 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles se efectúa a partir del Padrón del mismo, constituido por censos comprensivos de los bienes inmuebles gravados de cada municipio, separadamente para los de naturaleza urbana y rústica. La formación del Padrón se llevará a cabo por las Gerencias Territoriales del Catastro de las Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda, a cuyo ámbito pertenezca el término municipal de que se trate, y conforme al Real Decreto 1448/1989, de 1 de diciembre, dicho Padrón deberá remitirse a los Ayuntamientos interesados para su pública exposición.

El artículo 5 del Real Decreto 1390/1990, de 2 de noviembre, sobre colaboración de las Administraciones Públicas en materia de gestión catastral y tributaria e inspección catastral, indica que el intercambio de información correspondiente deberá llevarse a cabo, siempre que sea posible, a través de la utilización de medios y tecnologías informáticas, y en este sentido las Resoluciones de 20 de febrero de 1991 y de 9 de febrero de 1995, de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria aprobaron la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Los formatos aprobados por ambas Resoluciones han servido como instrumento de normalización y homogeneización de estructuras de datos en el intercambio de información catastral, así como en la consolidación en la referencia catastral como identificador de los bienes inmuebles, lo que ha permitido su utilización para la constancia de la misma en los documentos a que se refiere el artículo 50 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, promoviéndose así una mejor coordinación entre las distintas Haciendas y una mayor transparencia del mercado inmobiliario.

No obstante, se ha aprobado recientemente la Ley 53/1997, de 27 de noviembre, por la que se modifica parcialmente la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y se establece una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Dicha Ley modifica el artículo 77 de la citada Ley 39/1988, al crear el concepto de base liquidable en el Impuesto a partir del ejercicio 1998. Ello obliga a modificar el contenido y estructura de la información de los ficheros, obligando a incorporar esta nueva base liquidable en los formatos de intercambio, y plantea la necesidad de completar la información contenida en los mismos de cara a la adecuada gestión del impuesto por los Ayuntamientos y demás entidades.

En su virtud, y previo informe de la Federación Española de Municipios y Provincias, esta Dirección General ha tenido a bien disponer:

Primero.-Las Gerencias Territoriales del Catastro remitirán el Padrón a los Ayuntamientos y, en su caso, a las Diputación Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales que tengan delegada la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles por aquéllos, en forma de listados generados por ordenador y ficheros informáticos recogidos en soporte magnético.

Segundo.-Se aprueba la estructura, contenido y formato de los ficheros informáticos de remisión de los Padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana (PAD-DGC) y rústica (RUPAD-DGC) en soporte magnético que figuran como anexos a la presente Resolución.

Tercero.-Se aprueban los modelos del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza urbana y rústica, que se entregarán impresos mediante recursos informáticos. Dichos modelos figuran como anexos a la presente Resolución.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogados los apartados primero, segundo, tercero y octavo de la Resolución de 9 de febrero de 1995, de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, por la que se aprobaba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Madrid, 19 de enero de 1998.-El Director general, Jesús Salvador Miranda Hita.

(ANEXOS OMITIDOS)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/01/1998
  • Fecha de publicación: 22/01/1998
  • Fecha de derogación: 04/02/2003
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 2 de enero de 2003 (Ref. BOE-A-2003-909).
  • SE MODIFICA, por Resolución de 26 de enero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-3285).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 32, de 6 de febrero de 1998 (Ref. BOE-A-1998-2566).
Referencias anteriores
Materias
  • Haciendas Locales
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles

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