La Resolución de 12 de mayo de 1997, de la Secretaría de Estado de Seguridad, que vino a regular la encomienda de gestión prevista en el Real Decreto 341/1997, de 7 de marzo, termina su plazo de vigencia el 3 de junio de 1998.
La experiencia acumulada durante este año de aplicación de la Resolución lleva a concluir lo adecuado de los términos en que está concebida, con una sola matización relativa a los órganos a los cuales debe dirigirse la encomienda de gestión.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3.1 y 15 de la Ley 30/1992, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a iniciativa de la Dirección General de Administración de la Seguridad y previo informe favorable de la Oficina Presupuestaria del Departamento,
Esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero.-Queda prorrogado el plazo de vigencia de la encomienda de gestión, regulada en la Resolución de esta Secretaría de Estado de Seguridad de 12 de mayo de 1997, hasta dos años contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
La encomienda de gestión se seguirá por lo establecido en la Resolución de 12 de mayo de 1997, salvo en lo que resulte modificado por la presente Resolución.
Segundo.-Los órganos encargados de realizar las actividades de carácter material y técnico en que consiste la encomienda de gestión serán la Subdirección General de Gestión y Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía y la Subdirección General de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.
Tercero.-La ejecución de la encomienda de gestión tendrá lugar a través de instrucciones que la Dirección General de Administración de la Seguridad cursará a las Subdirecciones Generales que se mencionan en el apartado anterior.
Dichas Subdirecciones cumplirán las gestiones encomendadas y remitirán a la Dirección General de Administración de la Seguridad los expedientes y documentos en que dicho cumplimiento se materialice.
Las Subdirecciones de referencia informarán a sus respectivos órganos superiores de las instrucciones recibidas y de las modalidades de su cumplimiento.
Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Secretario de Estado, Ricardo Martí Fluxá.
Excmos. Sres. Subsecretario, Director general de la Policía, Director general de la Guardia Civil e Ilmo. Sr. Director general de Administración de la Seguridad.
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