Mediante Resolución de 3 de enero de 1997, de esta Dirección General («Boletín Oficial del Estado» del 21), se aprobó la relación de modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social y se dictaron las pertinentes instrucciones al efecto.
En el anexo II de la referida Resolución se reproducían los modelos de documentos de cotización vigentes rela cionados en su anexo I, así como la correspondiente hoja de especificaciones técnicas para la impresión de cada uno de ellos, en la que se incluían, entre otros extremos, las características del papel en cuanto al peso del mismo.
La experiencia en la práctica de la aplicación de la citada Resolución aconseja posibilitar un abanico más amplio en cuanto al peso del papel, de forma que permita utilizar un tipo del mismo de peso estándar de fabricación nacional tanto a las empresas autorizadas a editar estos modelos de documentos de cotización como a las adjudicatarias de los diversos concursos convocados por la Tesorería General de la Seguridad Social para la edición de ese modelaje.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 69.3 y la disposición final primera de la Orden de 22 de febrero de 1996, por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social («Boletín Oficial del Estado» del 29), esta Dirección General ha resuelto dictar la siguiente
Instrucción única.
Se modifican las hojas de especificaciones técnicas para la impresión de determinados modelos de documentos de cotización, contenidas en el anexo II de la Resolución de 3 de enero de 1997, de esta Dirección General, sobre modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, en lo que se refiere a las características del peso del papel y en los términos siguientes:
1. Primera hoja: 90 gramos/metro cuadrado.
Segunda, tercera y cuarta hojas: Entre 45 y 55 gramos/metro cuadrado, manteniéndose el mismo peso en las tres.
Quinta hoja: Entre 50 y 60 gramo/metro cuadrado, teniendo en cuenta que deberá ser de peso superior a las hojas segunda, tercera y cuarta.
Boletines de cotización afectados:
TC1 Régimen General de la Seguridad Social.
TC1/3 Régimen General de la Seguridad Social, representantes de comercio.
TC1/4 Régimen Especial de la Minería del Carbón.
TC1/8 Régimen Especial Agrario, liquidación de cuotas por jornadas reales.
TC1/16 Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Trabajadores por cuenta ajena.
TC1/19 Régimen General de la Seguridad Social (colectivos de artistas y profesionales taurinos).
2. Primera hoja: 90 gramos/metro cuadrado.
Segunda hoja: Entre 50 y 60 gramos/metro cuadrado.
Boletines de cotización afectados:
TC1/26 Régimen General de la Seguridad Social. Cotización empresarial complementaria para la industria textil.
TC3/21 Boletín de cotización al Régimen Especial Agrario. Cuotas de AT y EP Naturaleza y Extensión de Cultivos, recaudadas por mutuas.
3. En el anexo de la presente Resolución se contienen las nuevas hojas de especificaciones técnicas para la impresión de los modelos de documentos de cotización anteriormente citados.
4. Las modificaciones de las hojas de especificaciones técnicas para la impresión de los modelos a que se refieren los números anteriores tendrán efectividad a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de junio de 1998.-El Director general, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
(ANEXO OMITIDO).
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