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Documento BOE-A-1998-26055

Resolución de 19 de octubre de 1998, del Instituto Nacional de Empleo, por la que se da publicidad a las actividades y ocupaciones que se consideran prioritarias para la aprobación de proyectos de interés general y social de la Orden de 19 de diciembre de 1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 12 de noviembre de 1998, páginas 36816 a 36818 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-26055
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/10/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 2 de la Orden de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, establece que la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, antes del 30 de octubre de cada año, determinará, mediante resolución administrativa, aquellas actividades y ocupaciones que se consideren preferentes a efectos de la aprobación posterior de proyectos u obras de interés general y social presentados por las entidades citadas anteriormente.

El compromiso español, a raíz del Consejo de Luxemburgo, donde quedó diseñada una estrategia integrada para las políticas de empleo, se concreta en el Plan Nacional de Acción para el Empleo, en cuyos ámbitos de actuación se encuentra el incremento deci dido de las políticas activas de empleo; con especial incidencia en los nuevos yacimientos de empleo y en la optimización de los Servicios Públicos del Empleo, así como en la intermediación en el mercado de trabajo.

Por todo lo anterior y con el propósito de desarrollar estos ámbitos de actuación en aras de mejorar la ocupabilidad de los demandantes de empleo, facilitándoles una práctica profesional adecuada que les posibilite la integración laboral, se consideran como actividades prioritarias las que se especifican a continuación:

Actividades:

1. Desarrollo cultural, como:

Desarrollo cultural local.

Turismo.

Patrimonio cultural.

Audiovisuales. Similares.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Agentes de información.

Agentes de encuestas.

Vigilantes en general.

Peones en general.

Operadores de radio. Personal de apoyo.

2. Científicas, como:

Áreas diversas de investigación.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Técnicos especializados.

Personal de apoyo.

3. Ayudas a jóvenes para facilitar su inserción, como:

Actividades dirigidas a colectivos de jóvenes marginados.

Actividades dirigidas a colectivos excluidos del mercado de trabajo. Similares.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Profesorado en general.

Animador de grupo.

Monitores ocupacionales.

Agentes de información.

Maestros de taller.

Personal de apoyo.

4. Apoyo al empleo y formación, como:

Actividades que combinen trabajo efectivo en la obra o servicio con la formación teórica.

Estudios sobre necesidades de empleo.

Análisis de prospección de creación de actividad y mercado de trabajo. Similares.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Técnicos especializados.

Profesorado en general. Personal de apoyo.

5. Agricultura y medio ambiente, como:

Gestión de residuos.

Gestión de aguas.

Protección y mantenimiento de zonas naturales.

Control de contaminación e instalaciones correspondientes.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Técnicos especializados.

Vigilantes en general.

Trabajadores agrarios en general.

Trabajadores forestales.

Peones en general.

Operador de radio. Personal de apoyo.

6. Obras públicas y construcción, como:

Mantenimiento de vías públicas.

Mantenimiento y reparación de edificios públicos.

Nuevas construcciones. Similares.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Técnicos especializados.

Trabajadores de la construcción.

Peones en general.

Personal de apoyo.

7. Sanidad, consumo y calidad de vida, como:

Salud pública.

Campañas de divulgación preventiva.

Estudios sobre nuevas necesidades comerciales en el territorio. Similares.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Técnicos especializados.

Agentes de encuestas. Personal de apoyo.

8. Cooperación internacional, como:

Actividades correspondientes a la misma.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Técnicos especializados. Personal de apoyo.

9. Asistencia social, como:

Prevención de catástrofes.

Ayudas a colectivos marginados.

Ayudas a la tercera edad.

Ayudas a personas con dificultades para su inserción social. Similares.

Ocupaciones correspondientes:

Titulados Universitarios Superiores y Medios (según anexo).

Monitores ocupacionales.

Animador de grupo.

Maestros de taller.

Peones en general.

Personal de apoyo.

Madrid, 19 de octubre de 1998.–El Director general, Juan Chozas Pedrero.

ANEXO

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/10/1998
  • Fecha de publicación: 12/11/1998
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 de la Orden de 19 de diciembre de 1997 (Ref. BOE-A-1997-28053).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Desempleo
  • Empleo
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Organismos autónomos
  • Subvenciones
  • Universidades

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