La reciente entrada en vigor de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha supuesto una reestructuración en profundidad de la Administración y un avance en el proceso de simplificación administrativa.
Con el objetivo de lograr una mayor eficacia y un mejor servicio a los ciudadanos, la citada Ley establece la obligación por parte de los Ministerios de mantener permanentemente actualizada y a disposición de los ciudadanos, en las unidades de información correspondientes, el esquema de su organización y la de los organismos dependientes, y las guías informativas sobre los procedimientos administrativos, servicios y prestaciones, constituyendo la relación de procedimientos de la Administración General del Estado que se publica, en este sentido, un instrumento de primer orden.
La publicación de los datos de la mencionada relación, quizás la última antes de la aprobación del proyecto de modificación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permiten un conocimiento de la actuación de la Administración Pública existente y servirá de referencia, cuando se compare con futuras relaciones de procedimientos, con una Ley ya modificada, para la evaluación de los procesos de simplificación administrativa.
Precisamente, el proyecto de reforma incluye una importante innovación ya que a partir de su aprobación las Administraciones Públicas estarán obligadas a publicar y mantener actualizadas, a efectos informativos, las relaciones de sus procedimientos, con indicación de los plazos máximos de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo.
Por tanto, no sólo la actual facultad de las Administraciones Públicas se convierte en un auténtico deber, sino que se amplía el contenido de las relaciones que deben informar, no exclusivamente sobre el sentido del silencio, sino también sobre el plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa en cada procedimiento.
En consecuencia, la Secretaría de Estado para la Administración Pública resuelve:
Primero.-La publicación, para información y conocimiento de los ciudadanos, de la relación de procedimientos administrativos, cuya resolución es competencia de la Administración General del Estado. Dicha relación sustituye a la aprobada por Resolución de 27 de noviembre de 1997 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Segundo.-La publicación mencionada en el apartado anterior no tiene efectos normativos y por tanto no modifica las vigentes regulaciones de los procedimientos en ella incluidos.
Tercero.-Dicha relación será expuesta en los tablones de las oficinas de atención e información al ciudadano de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Además estará permanentemente actualizada y a disposición del público en la Inspección General de Servicios de la Administración Pública (calle María de Molina, 50, 28006 Madrid, teléfono 91 586 10 10, internet: http://www.igsap.map.es). A tales efectos, los Departamentos y organismos autónomos de la Administración General del Estado comunicarán a la Inspección General de Servicios de la Administración Pública cualquier variación de los datos publicados.
Madrid, 1 de diciembre de 1998.-El Secretario de Estado, Francisco Villar García-Moreno.
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