El Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1172/1998, promovido por el Presidente del Gobierno contra la disposición adicional octava de la Ley del Parlamento de Andalucía 7/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1998. Y se hace saber que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado, desde el día 17 de marzo de 1998 -fecha de interposición del recurso- para las partes y desde la fecha que aparezca esta suspensión publicada en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 31 de marzo de 1998.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
RODRÍGUEZ BEREIJO
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