En el recurso contencioso-administrativo número 117/1996, promovido por la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia, con fecha 12 de febrero de 1999, que contiene el siguiente
FALLO
«Que debemos estimar en parte el presente recurso interpuesto por la representación de Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio, contra Real Decreto 1905/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la Distribución al Por Menor de Carburantes y Combustibles Petrolíferos en Instalaciones de Venta al Público y se desarrolla la disposición adicional primera de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero; debemos anular por contrarios a Derecho sus artículos 17.15 y 18.7, debiendo desestimarse el resto de las pretensiones de la demanda, sin expresa condena en costas».
Madrid, 12 de febrero de 1999.-Eladio Escusol Barra.-Fernando Cid Fontán.-Óscar González González.-Segundo Menéndez Pérez.-Manuel Campos Sánchez-Bordona.
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