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Documento BOE-A-1999-5355

Recurso de inconstitucionalidad número 3.958/1998, promovido por el Presidente del Gobierno, contra determinados preceptos de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1999, páginas 8859 a 8859 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1999-5355

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 25 de febrero de 1999, ha acordado levantar la suspensión de los artículos 51, apartados 1.2, letras d) y e); 69.2; 71.3; 118.2 en su inciso «sin consideración del aprovechamiento urbanístico patrimonializable en virtud de la ejecución del planeamiento de que se trate»; y disposición adicional única, y el mantenimiento de la suspensión del artículo 152.3.a); preceptos todos ellos de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, cuya suspensión se dispuso por providencia de 29 de septiembre de 1998 dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 3.958/1998, planteado por el Presidente del Gobierno quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.

Madrid, 25 de febrero de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

CRUZ VILLALÓN

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 25/02/1999
  • Fecha de publicación: 05/03/1999
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el levantamiento de la suspensión de lo indicado de los arts. 51, 69, 71, 118 y la disposición adicional única en el Recurso 3958/1998, en relación a la Ley 2/1998, de 4 de junio (Ref. BOE-A-1998-23230) y (Ref. BOE-A-1998-18179).
Materias
  • Castilla La Mancha
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Suelo
  • Urbanismo

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