Advertidos errores en el texto remitido para publicación de la Resolución de 18 de enero de 1999, por la que se modifica la de 19 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, en lo referente a la uniformidad y módulos profesionales de formación de los Guardas Particulares del Campo, y en lo relativo a los módulos profesionales de formación de los Vigilantes de Seguridad, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 24, correspondiente al día 28 de enero de 1999, a continuación se efectúan las oportunas rectificaciones:
En la página 3898, primera columna, en la línea segunda del tema 2 del módulo o área jurídica, donde dice: «Dolo y culpa»; debe decir: «Dolo o imprudencia».
En la página 3899, primera columna, en la línea segunda del tema 14 del módulo o área técnico-profesional, donde dice: «... colaboración...»; debe decir: «... colocación...».
En la página 3899, primera columna, en el tema 7 del módulo o área instrumental, donde dice: «... trepa de cuerda, salto vertical, velocidad (60 metros) y resistencia (2.000 metros)»; debe decir: «... flexión de brazos en suspensión pura (hombres), levantamiento de balón medicinal (mujeres), velocidad (50 metros), salto vertical y resistencia general (1.000 metros)».
En la página 3899, primera columna, en el tema 11 del módulo o área instrumental, donde dice: «Golpes permitidos. Golpes prohibidos. Su empleo en las reducciones»; debe decir: «Casuística de su utilización».
Madrid, 20 de febrero de 1999.-El Secretario de Estado, Ricardo Martí Fluxá.
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