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Documento BOE-A-1999-782

Ley 3/1999, de 11 de enero, por la que se crea el Parque Nacional de Sierra Nevada.Ver texto consolidado

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 1999, páginas 1512 a 1525 (14 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1999-782
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1999/01/11/3

TEXTO ORIGINAL

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Sierra Nevada fue declarada Parque Natural por el Parlamento de Andalucía en 1989 en atención a sus singularidades de flora, fauna, geomorfología y paisaje. Con posterioridad, el Parlamento de Andalucía ha propuesto la declaración de Sierra Nevada como Parque Nacional. Esta declaración, y la inclusión del Parque Nacional de Sierra Nevada en la Red de Parques Nacionales, supondría la incorporación a la misma de los ecosistemas de alta montaña mediterránea que, pese a estar incluidos en el anexo de la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997, son unos de los sistemas naturales españoles no representados hasta la fecha en la Red de Parques Nacionales.

La singularidad y riqueza florística de Sierra Nevada, su variedad de formaciones vegetales, espectacularidad paisajística e interés geomorfológico constituyen un patrimonio natural y cultural de indudable valor científico, recreativo y educativo, y justifican declarar de interés general de la Nación su conservación, configurando este paraje como Parque Nacional, incluido en la Red integrada por dichos Parques.

Además, los límites del Parque Nacional de Sierra Nevada incorporan un mosaico de sistemas naturales mediterráneos que van mucho más allá de la mera inclusión, extraordinariamente singular, aunque restringida, de las altas cumbres.

Por último, es preciso señalar que la declaración de Parque Nacional de Sierra Nevada es la primera que se produce por las Cortes Generales tras la modificación de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, por la Ley 41/1997, de 5 de noviembre, para adaptarla a la sentencia 102/1995, de 25 de junio, del Tribunal Constitucional.

Artículo 1. Objeto.

1. Se declara el Parque Nacional de Sierra Nevada, considerándose su conservación de interés general de la Nación, y se integra en la Red de Parques Nacionales de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, modificada por la Ley 41/1997, de 5 de noviembre.

2. La declaración de Sierra Nevada como Parque Nacional tiene por objeto:

a) Proteger la integridad de sus ecosistemas, que constituyen una extraordinaria representación de los sistemas mediterráneos de montaña y alta montaña.

b) Asegurar la conservación y la recuperación, en su caso, de los hábitats y las especies.

c) Contribuir a la protección, el fomento y la difusión de sus valores culturales.

d) Promover el desarrollo sostenible de las poblaciones cuyo territorio esté, en todo o en parte, dentro del Parque Nacional.

e) Aportar al patrimonio común una muestra representativa de los ecosistemas de alta montaña mediterránea, incorporando el Parque Nacional de Sierra Nevada a los programas nacionales e internacionales de conservación de la biodiversidad.

Artículo 2. Ámbito territorial.

1. El Parque Nacional de Sierra Nevada comprende el ámbito territorial incluido dentro de los límites que se describen en el anexo I de la presente Ley.

2. El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente o de la Junta de Andalucía, podrá incorporar al Parque Nacional terrenos colindantes de similares características cuando:

a) Sean patrimoniales del Estado.

b) Sean de dominio público del Estado.

c) Sean expropiados para el cumplimiento de los fines declarativos del Parque Nacional.

d) Sean aportados por sus propietarios para la consecución de dichos fines.

3. Asimismo, el Gobierno de la Nación, a propuesta de la Junta de Andalucía, podrá incorporar al Parque Nacional terrenos colindantes de similares características cuando sean patrimoniales o de dominio público de ésta.

Artículo 3. Área de influencia económica.

1. Se declara como área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Sierra Nevada, a los efectos de lo previsto en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, el espacio formado por los términos municipales donde se encuentra ubicado el Parque Nacional y que se relacionan en el anexo II de la presente Ley.

2. Los Ayuntamientos incluidos en el área de influencia socioeconómica se beneficiarán del régimen de subvenciones y compensaciones que, en desarrollo de los artículos 18.2 y 22 quáter de la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997, esté establecido reglamentariamente para la Red de Parques Nacionales.

3. Al objeto de asegurar un desarrollo sostenible para la comarca y mejorar la calidad de vida de sus residentes, las Administraciones públicas interesadas elaborarán, coordinadamente, un plan de desarrollo sostenible, que deberá ser aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto.

Artículo 4. Régimen jurídico de protección.

1. En el Parque Nacional se mantendrán y apoyarán aquellos usos y actividades tradicionales que, habiendo contribuido históricamente a conformar el paisaje, sean declarados compatibles y regulado su desarrollo en el Plan Rector de Uso y Gestión. No obstante, quedan prohibidos en el interior del Parque Nacional de Sierra Nevada todos aquellos usos y actividades que alteren o pongan en peligro la estabilidad de los ecosistemas o la integridad de sus componentes físicos y biológicos.

Serán indemnizables las limitaciones que, como consecuencia del cumplimiento de los fines de esta Ley, pudieran establecerse sobre derechos reales consolidados en el territorio del Parque Nacional antes de su declaración.

2. En particular queda prohibido:

a) El nuevo establecimiento de cualquier tipo de infraestructuras permanentes, tales como caminos, edificaciones, tendidos eléctricos, instalaciones de tráfico terrestre o aéreo o remontes mecánicos, salvo los necesarios para una adecuada gestión del Parque Nacional, que requerirán, en todo caso, la correspondiente autorización de la Comisión Mixta de Gestión.

b) Cualquier actuación que pueda suponer destrucción, deterioro o transformación de los elementos naturales singulares de la zona.

c) La explotación y extracción de minería y áridos.

d) La realización de cualquier tipo de vertidos o abandono de residuos.

e) Cualquier otra actividad considerada incompatible con las finalidades del Parque en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales o en el Plan Rector de Uso y Gestión del mismo.

3. Todos los terrenos incluidos dentro del Parque Nacional quedan clasificados como suelo no urbanizable objeto de especial protección.

Con carácter general, los planes o normas urbanísticas adaptarán sus previsiones a las limitaciones derivadas de esta Ley y de los instrumentos de planificación que se aprueben en su desarrollo y aplicación.

Artículo 5. Utilidad pública.

Se declara a todos los efectos la utilidad pública e interés social de los bienes y derechos afectos al logro de los objetivos pretendidos con la declaración del Parque Nacional.

Artículo 6. Órganos de gestión.

1. La gestión del Parque Nacional corresponderá de forma compartida al Ministerio de Medio Ambiente y a la Junta de Andalucía, a través de una Comisión Mixta de Gestión, integrada a partes iguales por representantes de ambas instituciones. La organización, régimen de funcionamiento y desarrollo de funciones de la Comisión Mixta de Gestión se atendrá a lo establecido en la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997.

2. La administración y coordinación de las actividades del Parque Nacional recaerán en el Director-Conservador del mismo, que será nombrado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, previo acuerdo de la Comisión Mixta de Gestión, de entre funcionarios públicos. Una vez nombrado será adscrito, si no lo estuviera, al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Artículo 7. Patronato.

1. Como órgano de participación de la sociedad en el Parque Nacional de Sierra Nevada se crea un Patronato adscrito, a efectos administrativos, al Ministerio de Medio Ambiente.

2. Componen el Patronato:

a) Cinco representantes de la Administración General del Estado, designados por el Gobierno de la Nación a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente.

b) Cinco representantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Diez representantes de los Ayuntamientos cuyo término municipal esté integrado, total o parcialmente, en el Parque Nacional, elegidos entre ellos mismos.

d) Un representante de las Universidades de Granada y Almería con rotación anual entre ambas.

e) Un representante del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

f) Un representante de la Diputación de Granada y otro de la Diputación de Almería.

g) Tres representantes de los propietarios de los terrenos ubicados en el interior del Parque Nacional.

h) Tres representantes de las asociaciones ecologistas de ámbito estatal o autonómico que, estatutariamente, tengan como finalidad primordial la defensa y conservación de la naturaleza.

i) Un representante de la Federación Andaluza de Montañismo.

j) Dos representantes de las asociaciones profesionales agrarias.

k) Dos representantes de los sindicatos más representativos.

l) El Director-Conservador del Parque Nacional.

ll) Un representante de la Guardería del Parque Nacional elegido entre sus miembros.

3. El Presidente del Patronato será nombrado por el Gobierno de la Nación, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, previo acuerdo de la Comisión Mixta de Gestión.

4. Ejercerá las funciones de Secretario del Patronato un funcionario del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

5. El Patronato del Parque Nacional de Sierra Nevada ejercerá las funciones establecidas en el artículo 23 bis de la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997.

Artículo 8. Régimen económico.

1. El Ministerio de Medio Ambiente atenderá, con cargo a sus presupuestos o los del Organismo Autónomo Parques Nacionales, los gastos precisos para la ejecución de las actividades de conservación y uso público del parque y, en general, las tareas necesarias para su correcta gestión. La atención a estos pagos podrá completarse con la aportación de recursos presupuestarios de la Junta de Andalucía, tal y como se determine en el acuerdo de financiación que oportunamente se establezca.

2. Además, tendrán la consideración de ingresos con capacidad para generar crédito, los procedentes de:

a) Las cantidades percibidas por la prestación de los servicios que la Administración del Parque pueda establecer, de acuerdo con el Plan Rector de Uso y Gestión.

b) Los cánones que graven las concesiones otorgadas a terceros para la explotación de determinados servicios, conforme establezca el Plan Rector de Uso y Gestión.

c) Todos aquellos ingresos derivados de autorizaciones por la utilización de servicios en el parque, en la forma que determine el Plan Rector de Uso y Gestión.

d) Las subvenciones y aportaciones, tanto de las Administraciones públicas como de las entidades públicas y privadas, así como de particulares.

Artículo 9. Instrumentos de programación y planificación.

1. El instrumento para la planificación de la gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada es el Plan Rector de Uso y Gestión.

2. El Plan Rector de Uso y Gestión, que tendrá carácter plurianual, se adecuará a lo establecido en la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997.

3. Los planes sectoriales que se determinen del desarrollo del Plan Rector de Uso y Gestión serán elaborados por la Comisión Mixta de Gestión. Igualmente, la Comisión Mixta de Gestión aprobará el plan anual de trabajos e inversiones, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997.

4. Se redactarán planes sectoriales, al menos, de las siguientes materias:

a) El uso público y la investigación en el parque Nacional.

b) La ordenación de los principales aprovechamientos en el ámbito del parque.

c) Las medidas concretas que en el ámbito del parque se deberán adoptar en cumplimiento de los planes de recuperación, conservación y manejo, previstos en la legislación básica.

Artículo 10. Régimen sancionador.

1. El régimen sancionador en el Parque Nacional de Sierra Nevada será el previsto en el Título VI de la Ley 4/1989, de 27 de marzo.

2. Se considerarán, además, infracciones administrativas muy graves en el ámbito del Parque Nacional:

a) La explotación y extracción de áridos.

b) La realización de cualquier tipo de vertidos sólidos o líquidos.

c) La construcción o remodelación de cualquier tipo de infraestructuras permanentes, tales como caminos, edificaciones, tendidos eléctricos, instalaciones de tráfico terrestre o aéreo o remontes mecánicos, sin la autorización pertinente.

d) La alteración de las condiciones naturales del Parque Nacional o de los elementos que le son propios.

3. Se considerarán infracciones graves:

a) El incumplimiento de las prohibiciones establecidas en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales y en el Plan Rector de Uso y Gestión.

b) El ejercicio de la actividad cinegética y piscícola.

c) El incumplimiento de las condiciones impuestas en las autorizaciones administrativas concedidas para llevar a cabo algún tipo de actividad en el interior del parque.

4. Se considerarán infracciones leves:

a) La emisión de ruidos que perturben la fauna.

b) El incumplimiento de cualquier otro precepto de la normativa del parque, salvo que el mismo constituya la comisión de infracción administrativa prevista en la presente Ley o en la Ley 4/1989, de 27 de marzo.

5. La competencia para imponer sanciones corresponderá:

a) Al Director del parque, para las infracciones leves.

b) Al Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para las infracciones graves.

c) Al Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para las infracciones muy graves.

Disposición adicional primera.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, quedará constituido el Patronato del Parque Nacional de Sierra Nevada.

Disposición adicional segunda.

En el plazo de un año se elaborará el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional.

Disposición derogatoria primera.

Queda derogada la Ley 37/1966, de 31 de mayo, en lo relativo a la declaración de la Reserva Nacional de Caza de Sierra Nevada.

Disposición derogatoria segunda.

Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Ley.

Disposición final primera.

Se faculta al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

Disposición final segunda.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 11 de enero de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

ANEXO I
Límites del Parque Nacional de Sierra Nevada

Punto de partida

Los límites del Parque Nacional se determinan mediante un único recinto, que partirá de la referencia número 1 y cuya última referencia terminará en el mismo punto donde se comenzó a describir. Estas referencias son las siguientes:

Referencia número 1

En el collado de las Sabinas, donde se bifurca la carretera GR-420 con la local que va a Pradollano y en la divisoria que divide los términos municipales de Monachil y Güéjar Sierra. Se toma la carretera GR-420 en dirección noroeste hasta alcanzar el barranco de Launar, lindero sureste del monte público GR-1.064, por donde se desciende hasta la carretera A-395 para tomarla, aproximadamente desde el punto kilométrico 28,100, a rodear el Dornajo por el sur, oeste y norte, hasta alcanzar el límite de los términos municipales de Monachil, que se trae, y Güéjar Sierra. Entonces se remonta por la cañada real camino de los Neveros, que coincide con la divisoria de términos municipales, para encontrar de nuevo la carretera GR-420, bajo el collado del Dornajo, donde se situará la referencia número 2.

Referencia número 2

Desde este punto, sobre la linde entre Monachil y Güéjar Sierra, la carretera GR-420 hay que tomarla en dirección nordeste, entrando ya en Güéjar Sierra, hasta llegar al camino que, partiendo de esta carretera, al norte de las Casillas de Prado Redondo y volviendo al sureste, sube hacia el cortijo de los Castaños, cruzando la cabecera del barranco Seco hasta llegar al barranco de los Tejos. Por este barranco de los Tejos se descenderá hasta encontrar el límite del Parque Natural que coincide con la parte inferior del monte consorciado Ahí de Cara, para continuar por dicho límite del Parque natural hasta el alto de las Catifas. Así, primero, se desciende por el barranco de San Juan hasta su confluencia con el río Genil, ascendiendo por éste hasta encontrar el arroyo Vadillo, de donde se asciende por el barranco de las Casillas, se toma por la línea de cumbres de la Cuna de los Cuartos por la divisoria de aguas hasta el pico Papeles para descender por el barranco de Prado Mozas hasta el río Maitena, ascendiendo por su margen derecha hasta el barranco del Pino, por el que se asciende al alto de las Catifas, donde se ubica la referencia número 3.

Referencia número 3

Desde aquí, el alto de las Catifas, seguirá hacia el norte por la divisoria entre los términos municipales de Güéjar Sierra y Lugros hasta el puntal de la Canilla o cerro de las Calaveras. A partir de ahí abandona el límite de municipios y continúa descendiendo por la divisoria de aguas, entre la fincas Maguillo y Artiles, en dirección noreste, dejando al noroeste el barranco de la Piedra, hasta el río Alhama a la cota 1.300 metros. Descenderá por el río Alhama hasta su confluencia con el barranco Fraguas, por el que ascenderá hasta la divisoria de términos de Lugros y Jerez del Marquesado, donde se colocará la referencia número 4.

Referencia número 4

Entonces desciende por esta linde intermunicipal para enlazar, ya en término de Jerez del Marquesado, con la pista forestal que desciende cruzando las cabeceras del arroyo Bernal, el barranco del Viejo y el de las Piletas a tomar la pista general que cruza las repoblaciones del Marquesado del Zenete. Una vez tomada la pista forestal general de las repoblaciones del Marquesado al pie del pico Barrero, se seguirá siempre esta pista en dirección hacia el este pasando el arroyo de Bernal, los barrancos de la Pradera, de La Canaleja y el del Maguillo; pasada ya la casa forestal de El Posterillo, se continúa para cruzar el barranco del Alhorí y rebasar la loma de En Medio. Por el mismo camino, dejando al oeste El Oquedal, se cruzará el barranco de Alcázar por la cota 1.500 metros, el barranco del Cascajar por la cota 1.540 metros y las primeras aguas del barranco de la Fuente de Oro, hasta llegar a la loma de los Cucones, al norte de la llanada del Bocaire y al sur de la Piedra del Caldero, donde cruzará la divisoria de los términos municipales de Jerez del Marquesado y Lanteira, donde se coloca la referencia número 5.

Referencia número 5

El límite del Parque Nacional continuará siguiendo el camino forestal en dirección al río del Pueblo, cruzando los barrancos de Tierras Coloradas, el de La Caldera y el de El Quejío, hasta llegar a Piedra Colmenar y el río del Pueblo, citado. Por esta pista general del Marquesado se seguirá rodeando El Peñón por el norte, para cruzar el arroyo del Barrio y alcanzar la referencia número 6 al encontrar el límite de término municipal entre Lanteira y Aldeire, bajo el vértice Pinos de 1.889 metros.

Referencia número 6

Continuando siempre por la pista forestal general que recorre las repoblaciones del Marquesado del Zenete se dirige hacia el sur hasta quebrar hacia el nordeste al cruzar el barranco Gallego, rodear la loma y cruzar el de Benabre y proseguir hasta el barranco de Los Tejos tras haber confluido con la pista que sube desde Aldeire.

Continuará por este camino, subiendo primero hasta la haza de la Verna y bajando después hasta cruzar el barranco de los Pasillos a cota 1.650 metros, dejando al este, Los Pasillos y Tajo Bolón; más adelante y siempre por el camino forestal citado, ascenderá hasta llegar al cortafuegos existente en la loma del Jaral, para seguir por dicha pista que, por encima de la cabecera del barranco de Luna, rodea faldeando la loma de los Molinos y luego la loma del Tesoro hasta encontrar el límite del término municipal de Aldeire, poco antes de la carretera GR-491 de subida al puerto de la Ragua, donde se sitúa la referencia número 7.

Referencia número 7

Desde este punto de la pista forestal del Marquesado del Zenete y la divisoria intermunicipal entre Aldeire y Ferreira, se toma la carretera GR-491 en dirección sur, por su margen oeste, para ir ascendiendo hacia La Ragua y, sin tomar la nueva variante, llegar hasta la primera curva cerrada donde se cruzará la carretera hacia el este para retomar la pista forestal general del Marquesado del Zenete. Continuando la pista se cruza el arroyo Chico, enfila hacia el nordeste para, rodeando la loma de Prados Altos, volver hacia el sureste a cruzar el arroyo del mismo nombre y seguir al encuentro de la linde del término municipal entre Ferreira y Dólar, donde se sitúa la referencia número 8.

Referencia número 8

Desde este punto, la pista forestal, límite del Parque Nacional, atraviesa el término municipal de Dólar primero en dirección sureste hasta cruzar la rambla del Castañar y luego hacia el norte, por sobre las primeras aguas del barranco de Piedra, a dar con la divisoria de términos municipales entre Dólar y Huéneja en el collado a la vista del Joraique en cota 2.000 metros, en que se establece, sobre la linde, la referencia número 9.

Referencia número 9

Desde aquí, siguiendo siempre la pista forestal general del Marquesado del Zenete hacia el este, ya en el término municipal de Huéneja, se va descendiendo suavemente hacia el sureste y luego se orienta hacia nordeste tras encontrar y cruzar las aguas primeras del río Huéneja, para llegar al collado Arenas, en Siete Caminos, donde se encuentra la linde entre Huéneja, en Granada, y Fiñana, en Almería, y se localiza la referencia número 10.

Referencia número 10

Desde este punto, collado Arenas en Siete Caminos, se seguirá por la pista forestal general de las repoblaciones hacia el este, cruzando el arroyo de Fuente Encañada, el arroyo del Doctor y el del Rosal, donde la fuente del mismo nombre, y siguiendo esta misma pista se cruzará el arroyo de Ubeire. Se sigue llaneando por este camino forestal en dirección al referido refugio del Ubeire y se cruzará el río Nacimiento, cuyo origen está en este término municipal de Fiñana. Una vez que se ha cruzado el río Nacimiento, se sigue siempre por el mismo camino forestal principal hasta llegar al barranco del Cortijo del Ubeire. Cruzando el referido arroyo de Ubeire el camino forestal sigue hacia el norte y, tras dejar el camino que sube de Abrucena, rodeando la loma enfila hacia el sur y subiendo alcanza el límite del término municipal de Fiñana, que se trae, con Abrucena al que se llega para situar la referencia número 11.

Referencia número 11

Se continúa por el camino forestal que más adelante tiene su interceptación con el camino forestal que entra a las proximidades del refugio-«vivac» Piedra Negra, a cota 1.900 metros, hacia el barranco de Campana. El camino discurre llaneando por la cota 1.900 metros y será seguido hasta su confluencia con el que sube del refugio Aldeire, siempre dentro del término municipal de Abrucena. Se seguirá para cruzar el barranco de Campana hasta prácticamente llegar a la Cuerda de Limones, dejando al suroeste la presilla del Chaz. A cota 1.950 metros se girará al norte, hasta llegar al puntal de la Cuerda de Limones, a 1.977 metros, donde cruza la divisoria de aguas, dejando al este El Loquear y Los Canos y al oeste Pinetes, para dejarse caer a las primeras aguas del barranco de la Teja, cruzando el camino que entra hasta El Loquear, y, descendiendo, el camino forestal va en dirección al barranco de Peña Horadada. Dicho camino forestal bordea el cerro Las Lastras por el oeste, norte y este, y se continúa por él hasta que comienza a descender y, a cota 1.670 metros, intercepta el flujo del barranco de la Solana de Jazmín. Desde este punto se tomará la margen izquierda del barranco hasta su desembocadura al barranco de Peña Horadada, en cota 1.340 metros. Se desciende por este último en dirección nordeste, a través de su margen izquierda, hasta llegar a cota 1.240 metros, donde, y por la cañada existente a esa cota, se subirá hasta su interceptación con el camino forestal que antes se traía, que ahora va en dirección al área recreativa de La Roza, bordeando la Cuerda de la Mina y adentrándose en la Solana de las Rozas. Se continúa por dicho camino, pasando el desvío al área recreativa citada y dejándolo a la izquierda, cruza el barranco de la Mina por la cota 1.320 metros y pasa al norte de los escarpes rocosos que bordean Las Claras. El camino seguirá en dirección al Tajo de la Casa hasta su interceptación con el barranco de Cupido (a cota 1.500 metros) continuando a cruzar el barranco de Las Chorreras para quebrar al sur y luego al norte y girar hacia el nordeste para alcanzar llaneando la loma divisoria del barranco de Chortales, que lo cruza para seguir hacia el este, bajo el prado de los Corchales, a cruzar el barranco de Piedras Blancas y alcanzar, en las proximidades de la Venta del Serval, la linde que divide los términos municipales de Abrucena y Abla, donde se coloca la referencia número 12.

Referencia número 12

Desde este punto, la pista forestal deja el camino que baja hacia Abla y cruza primero un barranco y luego el barranco de Almagara para alcanzar el cruce con la divisoria de términos municipales entre Abla, que se trae, y Las Tres Villas, donde se coloca la referencia número 13.

Referencia número 13

Cruzando a Las Tres Villas desde Abla, el camino forestal que se trae baja ya de forma más acusada hacia el cortijo del Duende, cruzando barranco Hondo y, sin llegar al cortijo, se dirige, siempre hacia el este, hacia la cortijada de Santillana, cruzando distintos barranquillos; se continúa por el camino y, justo antes de llegar a las primeras casas de la cortijada, se bordeará ésta por el oeste, el sur y el este, para, cruzando el barranco de Hilario, volver a tomar el camino en dirección al cortijo de los Santos y, zigzagueando en esa misma dirección, llegar a la rambla del cerro Blanco, para desde aquí girar un poco al noroeste y caer al barranco de El Entredicho, unos 350 metros antes de subir a la balsa; después subir por un barranquillo y cruzar al término de Alboloduy primero y, 200 metros después, donde este barranquillo llega al collado donde nace, y como también coincide aquí la llegada del camino de Montenegro y la linde entre Alboloduy y Nacimiento, se coloca la referencia número 14.

Referencia número 14

De aquí, por el término de Nacimiento, se sigue en la misma dirección, hacia el sureste, y al llegar al barranco de Serenas bajamos por él unos 300 metros, en donde nos salimos a su margen izquierda para llegar a la vía pecuaria (vereda de Gilma) y descender por ella unos 400 metros, y girar al noroeste para llegar y cruzar el camino que viene de Ocaña; seguimos paralelo a él hacia el sur, se cruza por el barranco Serenas y se vuelve a bajar por su margen derecha hasta la cota 900 metros, desde aquí se vuelve al sur para subir otra vez al camino, por la margen izquierda del barranquillo siguiente, y bajar por su margen derecha a la cota 950 metros; por una senda de caballerías, se vuelve a subir al camino y se cruza para llegar en El Entredicho a la cota 1.100 metros, y girando al este primero y después al noroeste, para volver bajando y cruzar el camino, hasta el pie de Las Chorreras, en la cota 975 metros; volviendo a subir y cruzar por el este y al sur hasta la cota 1.150 metros, por la que se llanea hasta el barranco de las Piedras de Carmona, por el que se baja; una vez cruzado el camino, unos 600 metros, en la cota 1.025 metros, se une con el de Los Hilos, por el que se sube hasta el camino otra vez, yéndose por él hasta el de La Artésica; cruzándolo, se baja por la margen derecha del barranco Varón a la cota 1.000 metros, donde precisamente cruza este barranco la vía pecuaria de Gilma, donde se coloca la referencia número 15.

Referencia número 15

Puesto que también aquí se coincide con la línea de términos entre éste de Nacimiento, que se trae, y el de Alboloduy, al que se llega; por la margen derecha de este barranco se sube paralelo a sus aguas hasta la cota 1.150 metros, en que se gira al suroeste, y cruzando el camino de El Almendrico se llega a la cota 1.220 metros, para llanear por ella unos 300 metros, y girando bruscamente al oeste subir al camino de La Artésica; por él, hacia el sur, se sigue unos 150 metros, y entonces se vuelve a bajar paralelo a aquella subida y hasta las misma cota 1.220 metros; se sigue al sur 100 metros, y se baja al sureste hasta la cota 1.160 metros; girando bruscamente al oeste se vuelve a subir al camino de La Artésica, y por él se sigue al barranco del mismo nombre, por el que se baja unos 500 metros, hasta la cota 1.100 metros, en donde se sale de él hacia el sur otros tantos metros, hasta el camino de El Almendrico, después de haber cruzado el barranco de Anica el Águila; desde el camino se baja, y se suben 200 metros en los dos sentidos, para descender nuevamente desde la cota 1.120 metros a la 860 metros, en la margen derecha del arroyo de Los Catalanes; se gira al sureste y se sube, cruzando aquel camino otra vez, hasta la cota 1.060 metros, por la que se llanea unos 400 metros hasta llegar a las labores de los cortijos de la Cuesta de Montenegro; se sube hacia el oeste pasando por el aljibe de Enmedio, al cruce de los caminos junto a él; se baja por el camino de Las Cabañuelas en dirección sur, hacia el cerro El Romeral. Por este camino, dejaremos al noroeste los corrales de Cándido, cruzaremos al barranco de las Cabañuelas en la cota 1.200 metros, para continuar por él y cruzar distintos barranquillos, dejar al este las propias Cabañuelas, y, más adelante, la era de los Marianos, a la altura de la cual se tomará el desvío que sale a la derecha del camino que se lleva para ascender hasta el collado del cerro del Romeral, en donde, y a cota 1.235 metros, se llega a la linde entre Alboloduy, que se trae, y Alsodux, al que se llega, donde se sitúa la referencia número 16.

Referencia número 16

Desde este punto, se gira al noroeste para tomar el camino que sube hasta el cortijo de la era de los Marianos, que se dejará al oeste, toda vez que se ha cruzado ya la cota 1.250 metros. Se continúa por el mismo camino que va en dirección noroeste, hacia el barranco de La Simona, que se cruza por la cota 1.265 metros, y hacia el cortijo del mismo nombre que se deja al este, y antes de llegar a la casa se sube por la continuación del camino que asciende por la loma en dirección a Los Hoyos de la Reina, para, llegando a un puntal, en cota 1.350 metros, se llaneará por ella para caer el barranco de la Sarga, que, hasta su nacimiento, hace de linde entre los términos municipales de Alsodux y Rágol. Por esta linde se ascenderá hasta la cota 1.490 metros, y girando bruscamente al sur, se bajará por esta línea unos 120 metros, adentrándose en Rágol, y se cruzará, zigzagueando entre las cotas 1.500 metros y 1.600 metros para llegar al término de Canjáyar y bajar por él unos 300 metros a la cota 1.510 metros; desde aquí, adelantándose 150 metros en Canjáyar se subirá al norte y se llegará al vértice geodésico Peñón de Ortega, de cota 1.585 metros y colocar en él la referencia número 17.

Referencia número 17

Desde el peñón de Ortega (1.589 metros), se gira al oeste hasta encontrar los cejos de la margen izquierda del barranco del peñón de Ortega, por los que se bajará hasta la cota 1.450 metros, en la que se cruza dicho barranco y se llanea hacia el noroeste hasta encontrar el nacimiento en cota 1.440 metros. Desde aquí, se continúa llaneando hasta el nacimiento de un barranquito en Las Pocicas, afluente del anterior, hasta llegar a la loma de Montenegro, en la cota 1.400 metros girando al oeste, loma abajo, hasta la cabecera de un barranco afluente de la rambla de Tices, en la cota 1.210 metros que acompaña en su margen izquierda, hasta cruzar la carretera del puerto de Santillana y llegar al término municipal de Canjáyar, que se lleva, y Ohanes, donde se va situando la siguiente referencia, la número 18.

Referencia número 18

Desde este punto, se cruza la rambla de Tices, y se sube por la loma del Horno de los Ladrillos, dirección noroeste hasta la cota 1.211 metros, donde se gira al oeste por lo alto de la loma de la Atalayuela, hasta la cota 1.322 metros, donde se gira bruscamente al sur bajando por la margen izquierda de un barranquillo hasta llegar a su desembocadura en el barranco de la Atalayuela, en la cota 1.190 metros, ascendiendo por dicho barranco, hasta la desembocadura del barranco de la Majada Grande, que con dirección suroeste ascenderemos por él, por su margen derecha, hasta encontrarnos con el camino forestal que va a la Solanilla y Majada Grande en la cota 1.420 metros, que se tomará hacia el sur hasta su unión, en la loma de la Balsa Seca, con el que va a la Piedra de la Virgen. Desde este punto hacia el oeste y por el camino que bordea por el sur y el oeste el cerro de la Coronela, se continúa en dirección al barranco de Carmen, que se cruza por la cota 1.485 metros; siguiendo por el mismo camino, se cruzarán también los barrancos de Quitasueños y del Agua, se dejará el cortijo de Cantarranas al norte y después se cruzará el barranco de la Azayana por la cota 1.455 metros para llegar hasta el próximo barranco, llamado del Garbanzal. En este punto se abandona el camino y se toma la margen izquierda del mencionado barranco para bajar por él hasta su confluencia con el barranco de Ohanes, que se tomará en sentido ascendente, por su margen derecha, hacia el oeste, hasta llegar al punto en que se dividen los términos municipales de Ohanes, que se lleva, y Beires, al que se llega, a cota 1.325 metros, donde se sitúa la referencia número 19.

Referencia número 19

Desde este punto se gira al suroeste, para seguir por la linde de los términos municipales, ascendiendo en dirección a la loma de la Piedra del Águila, a la que se llega siempre por la linde, en la cota 1.655 metros, en donde se girará hacia el noroeste para tomar la cuerda de la loma citada, y ascender por ella en dirección al cerro de las Filipinas, cruzando el camino que va a las minas de hierro, primero, y antes de llegar a la balsa de la Mina de la Nava, cruzar el camino que va a ella, y ascender, al este de esta balsa al cerro mencionado, hasta la cota 1.912 metros. Desde este punto se baja hacia el suroeste para tomar la loma de La Fuente Alba y correr paralelo al camino que va hasta el collado de los Huertecillos. Por la loma de Fuente Alba, se llegará hasta el cerro de ésta, con cota 1.917 metros, desde donde y hacia el suroeste se bajará hasta el carril antes mencionado en el mismo collado de los Huertecillos a cota 1.892 metros. Desde este collado se tomará el camino forestal que lleva paralelo a la loma de las Navas hasta cruzar la linde de los términos municipales de Beires, por el que se va, y Fondón, al que se llega, situando la referencia número 20.

Referencia número 20

Desde este punto se cruza a Fondón y se sigue, siempre por el camino, para, a cota 1.810 metros, tomar otro camino que sale a la derecha del primero en dirección al barranco de Leiva, y antes de llegar a él, bajar por la loma de las Navas hasta el cerro del mismo nombre en cota 1.808 metros. Desde este punto se continuará descendiendo por la loma hasta la cota 1.790 metros, en la que se girará al noroeste para tomar la divisoria que cae al barranco de las Navas, el cual se desciende por su margen izquierda hasta su confluencia con el arroyo de Presuela, por el cual y a través de los cejos de su margen derecha se ascenderá prácticamente en paralelo a la loma de Doña Agustina, hasta el risco del Diablo en cota 2.170 metros, por la cual se llaneará hasta llegar a la linde entre los términos municipales de Fondón y Laujar de Andarax, siguiendo en la referencia siguiente, la número 21.

Referencia número 21

Desde este punto se separará, llaneando por esta misma cota, hasta su encuentro con el barranco que viene de Piedra Hincada, y que es afluente del barranco del Tejo por su izquierda. Se bajará por dicho barranco hasta su confluencia con el barranco del Tejo, que se tomará por su margen izquierda hasta su desembocadura en el barranco de la Majada, el cual se cruzará para ascender por su margen derecha hasta las últimas aguas del barranco de las Moneras, por el cual y por su margen derecha se ascenderá, dejando al oeste el cortijo de la Haza del Tío Mora, hasta sus primeras aguas en la cota 2.030 metros, por la cual se llaneará, cruzando el carril que conduce al cortijo de Don Fernando, hasta llegar al barranco del Palomar, desde el cual y en dirección suroeste se subirá hasta el cortafuegos que actualmente existe en loma Raspa, al sureste de Las Minillas. Desde aquí, continuando hacia el suroeste, se tomará, por su margen izquierda, el barranco afluente del barranco del Hornajo hasta su desembocadura en él en la cota 1.730 metros. Desde este punto se ascenderá por dicho barranco hasta llegar al carril que va en dirección al prado del Espino, el cual y desde su interceptación se tomará en dirección sur hacia el mencionado prado, hasta cruzar el barranco que desciende desde la loma de La Majada de las Vacas, por el cual se asciende por su margen derecha hasta la citada loma, cruzando la divisoria y llegando a la linde entre los términos municipales de Laujar de Andarax, por el que se va, y Paterna del Río, al que se llega, en la cota 2.120 metros, donde se coloca la referencia número 22.

Referencia número 22

Desde este punto se continúa hacia el norte por la misma linde de los términos municipales hacia la loma de Gabiarra, rebasándola en la misma dirección hasta llegar a la cota 2.143 metros, desde la cual y girando al oeste se tomarán las primeras aguas del barranco de El Chaparral, a la altura del prado de Juan Simón, y por la margen izquierda de dicho barranco se bajará hasta su confluencia con el río Paterna, cruzando el camino forestal en la cota 1.740 metros, y llegando en la confluencia a la cota 1.510 metros; hacia el sur, y por la margen izquierda del río Paterna, se bajará hasta el encuentro con las aguas del barranco de Saltadero en la cota 1.430 metros, ascendiéndose por dicho barranco en dirección oeste y por su margen derecha, hasta llegar a la interceptación del camino forestal que va en dirección a Bayárcal, el que se tomará para bordear por el este el puerto de Lucas, cruzar el barranco Bermejo, en la cota 1.670 metros y seguir hacia el sur, cruzando también las primeras aguas del barranco de Los Amolacheros, hasta que se llega, en la cota 1.690 metros, a la linde de los términos municipales de Paterna del Río y Bayárcal, donde se sitúa la referencia número 23.

Referencia número 23

Desde este punto, y pasando a Bayárcal, siempre por el camino forestal citado en dirección oeste, se cruzará por las primeras aguas del barranco de La Langosta, dirigiéndose al vivero del Zarzal, abandonando dicho camino y tomando el que entra hasta el mismo vivero y, bordeando las hazas de cultivo, se dirigirá hacia el arroyo o barranco de Las Cruces para tomarlo por su margen izquierda en sentido descendente y, unos metros antes de llegar al camino forestal, cruzarlo hacia el noroeste y bordeando las hazas de frutales, llegar, esta vez sí, hasta el final del camino citado, desde donde y por la vereda existente a su término, se seguirá en dirección norte, para cruzar los dos primeros arroyos y dirigirse al barranco de la Fuente del Zarzal, llegando a él en cota 1.640 metros, y antes de cruzarlo, bajar por él a través de su margen izquierda hasta la cota 1.530 metros, en donde y hacia el oeste se cruza para tomar el camino que hasta el barranco citado entra desde la dehesa de Molla. Se tomará este camino primero en dirección oeste y después hacia el norte hasta llegar al cortijo de Cabezuelas, que, antes de llegar a la casa y bordeando los cultivos de frutales que hay al norte de ésta, girará hacia el noroeste para dirigirse hasta el puente del Rosario, de la carretera de Bayárcal, sobre el arroyo Anchuelo. Desde este punto en dirección suroeste y paralelo a la carretera nombrada, se continuará hasta el primer barranco, afluente del arroyo Anchuelo que le cae por la derecha, y seguirá al noroeste subiendo por él, para, antes de llegar al camino forestal que entra al cortijo que queda al norte de dicho barranco, bordear los cultivos del cortijo citado para tomar el camino que va al cortijo de Santa Clara, en dirección suroeste; bajando por este camino se unirá al que sube hacia la loma de los Posterillos, y en sentido descendente se llegará a la curva existente en cota 1.700 metros. Desde esa curva y girando al noroeste abandonará el camino para dirigirse paralelo a la carretera de Bayárcal, hasta el barranco del Hielo a cota 1.730 metros, en la que se gira al oeste primero y noroeste después, cruzando el barranco del Hielo por la cota citada hasta el arroyo de Palancón, que en este punto hace de linde entre los términos municipales de Bayárcal, en Almería, y Nevada en Granada, y aquí situar la referencia número 24.

Referencia número 24

Desde este punto, y en dirección norte, se continuará por la margen derecha del arroyo de Palancón, hasta su confluencia con el barranco del Granizo. En este punto se cruza el arroyo que se traía, subiendo, en dirección noroeste, por la divisoria de aguas de la loma frente al citado arroyo Granizo. Así hasta llegar al camino forestal que viene de la loma del Pozuelo, y va a La Ragua, por el que se desciende en dirección a aquella loma, pasando por la Pandera del Pozuelo; cruzando dicha loma divisoria de las aguas de los ríos Bayárcal y Laroles, por su cota 1.846 metros, se dirigirá, siempre por el mismo camino, hacia el río Laroles; se continúa por dicho camino en dirección al río, hacia el noroeste, hasta alcanzar el primer barranco, en la cota 1.770 metros, justo después de que se una al camino, otro que viene por debajo de Tajo de Barjeli, para caer antes de cruzar el barranco, por su margen izquierda, hasta el río Laroles, por el cual se bajará hasta llegar, casi inmediatamente después, a las últimas aguas del barranquillo de enfrente al que se llevaba. Se asciende por él, mediante su margen derecha, hasta llegar a la acequia del Boy en la cota 1.780 metros, por la cual se descenderá, cruzando otro barranco, en dirección a El Cerrojo, antes de llegar a la loma del Mirador, dejando al sureste Fuentecillas Altas y al noroeste, el vértice geodésico de El Mirador y el Mirador de la Llanada. Se cruzará esta loma, divisoria de aguas entre el río Laroles y el río Mairena, por El Cerrojo, a la cota 1.750 metros, para después pasar, siempre por la misma acequia, por las primeras aguas del barranco de los Berros y continuando por ella se llegará a su fin, en la cota 1.690 metros, que se produce sobre la acequia de la Sierra, que viene por el valle del río Nechite, desde el barranco de los Cortijuelos. Se ascenderá ahora por dicha acequia en dirección norte, cruzando muy cerca de la junta de barrancos que confluyen para formar el río Mairena, que se cruzarán más arriba para, una vez cruzados, tomar en dirección noroeste, hasta el camino forestal que viene de El Cerrojo y desciende para dirigirse al barranco Seco; por dicho camino se continúa hasta llegar a dicho barranco en la cota 1.685 metros, donde confluye también la acequia de la Sierra, que se dejó para ascender al camino. Al llegar a barranco Seco, se seguirá el camino hasta que cruza el barranco de Los Cortijuelos donde el camino gira al oeste para descender y alcanzar la línea que divide los términos municipales de Nevada, por el que se va, y Válor, al que se llega, donde se coloca la referencia número 25.

Referencia número 25

Se continúa, ya en término de Válor, por el camino forestal hacia el río Nechite, girando de nuevo, esta vez al noroeste, dejando al este el Cortijo de La Fuente del Espino. En cota 1.700 metros el camino forestal se girará al oeste para cruzar el río Nechite y hacia el pie de las Piedras de Márquez, y se dirige, al sur, a la loma del Monte. Continúa el camino hacia el sur, pasando las primeras aguas de distintos barrancos afluentes del Nechite, y corriendo, primero, paralelo a la loma, y después, dirigiéndose hacia ella para cruzar la divisoria de aguas entre Nechite y el río Válor en la cota 1.800 metros, al sur del peñón de la Loma, y cruzando a la misma altitud el cortafuegos que baja por toda la loma del puerto de Jerez. Desde este punto, se continúa por el camino forestal que traía, ahora en dirección al río Válor, subiendo ligeramente, para cruzarlo al nordeste del Cortijo de la Sacristía y al sur de la confluencia entre el barranco del río Chico y el río Válor, en la cota 1.820 metros para, continuando por dicho camino, seguir por él en dirección suroeste, para dejar el cortijo de La Sacristía al oeste de dicho carril y, cruzando varios barranquillos, dejar al este del carril el cortijo de Los Basillos, hasta llegar a la alameda del Pozanco, al este de la sierra del Morrón de Yegen; siguiendo, siempre por el mismo camino, se bordeará el cerro que queda al lado de la alameda del Pozanco, para dirigirse al pie del Morrón de Yegen, cruzando las primeras aguas de un arroyo afluente del barranco de El Horcajo, primero, y este mismo después, antes de bordear el Morrón por el este y el sur, hasta llegar a la divisoria de los términos municipales de Válor, que se lleva, y Alpujarra de la Sierra, al que se va, en la cota 1.960 metros, donde se sitúa la referencia número 26.

Referencia número 26

Desde este punto, se completa el rodeo por el sur al Morrón de Yegen, y ya en Alpujarra de la Sierra se rebasa la loma de dicho Morrón, que actúa como divisoria de aguas entre el río Válor y el río Mecina, para girar al norte y seguir la pista hacia el cruce del río de Yegen, dejando al oeste el cortijo de Pradillo Largo y el del Mudo. El camino forestal, que viene de La Ragua y del río Mecina, se sigue y, dejando al sureste el cortijo de Barranco Hondo, cruza el barranco Hondo y avanza en dirección suroeste para cruzar el barranco del Riachuelo y continuar a través del llano de Peñas Blancas, al sur de la sima del Postero y a la altura del Pecho del Lastonar. El camino se tomará en dirección suroeste, para cruzar el camino que va mucho más al norte, hacia el peñón del Lobo y La Corraliza, y también dos cortafuegos, uno que sale del propio camino y otro que lo cruza desde la loma, para en la cota 1.970 metros, abandonar dicho camino forestal por la izquierda y tomar la acequia de Mecina, que lo cruza en este mismo punto, continuando por ella para bajar hasta rodear Cerro Gordo por El Gandul, de manera que, una vez terminada la acequia, se subirán unos doscientos metros para tomar el cortafuegos y descendiendo por él llegar hasta el camino que viene de Fuente Alta y va hacia El Gandul, el cual se toma a metros de la línea divisoria de los términos municipales de Alpujarra de la Sierra y Bérchules, a la cual se llega a cota 1.747 metros, muy cerca y al oeste de la sima del Tejar en la loma del mismo nombre, donde se sitúa la referencia número 27.

Referencia número 27

Desde este punto, se continuará por el camino en dirección noroeste para pasar por El Gandul y rodear Cerro Gordo por el sur. Una vez superados por el norte el Corral y cortijo de Valdés y por la primera loma que cae hacia el río Grande en dirección al sur suroeste, a fin de recoger dentro de los límites los imponentes tajos que enmarcan el valle, se desciende por la divisoria de aguas hasta alcanzar este río Grande que se cruzará para ascender por su margen derecha hasta la junta de los ríos (río Grande y río Chico). Desde la junta de los ríos se continuará por la margen derecha del río Grande en dirección nordeste, dejando al este Las Umbrías, hoya Borrego y la loma de la Cruz de Diego, y al oeste todas las labores de la solana Las Cabañuelas. Se continuará por la margen derecha del río Grande hasta llegar al primer barranco que desciende de los Prados de Soto, en la cota 1.650 metros, que se cruzará dicho río y se tomará la margen derecha del barranco citado para subir por ella dejando al noroeste todas las zonas cultivadas de estos prados y cruzar el camino forestal de la Ragua que viene del collado de Cerro Gordo, para continuar subiendo por dicha margen del barranco hasta encontrar la acequia de Mecina ya tomada más al sur; entonces, se continúa por esta acequia hacia el norte hasta llegar a su origen en el río Grande (cota 2.100 m), al suroeste de Hoya Zapata, donde se cruza el río para, llaneando hacia el suroeste, pasar el límite por encima del cortijo del Pollo de Enmedio y del de Prados Mercados y llegar a encontrar el camino que sirve de acceso a estos cortijos, para tomarlo hacia el sur y bajando encontrar la pista forestal que venía desde La Ragua, la cual se toma bordeando por el oeste el cortijo de Haza Llanas y, en dirección suroeste, hacia la loma de Enmedio, adonde se llegará a la cota 1.970 metros, siendo la divisoria de las aguas de los ríos Chico y Grande. La pista rodea entonces por el sur la loma de Enmedio para seguir en dirección norte a cruzar el río Chico y, girando al suroeste, cruzar el barranco de las Angosturas para seguir, siempre por el camino forestal, rebasando el cortijo del Espino, que quedará fuera del límite del parque nacional, en dirección sur hacia la Hoya del Espino y la loma de las Zorras. Después de este giro hacia el sur y siempre por el camino forestal, se cruzará el barranco de las Olveras y más adelante se dejará la Hoya del Espino al este para dirigirse al barranco de Montina y antes de cruzarlo subir la margen izquierda de éste hasta llegar a otro camino que, a cota 2.010 metros, en Prados Hebrados, lo cruza también; entonces y en este punto se cruza el barranco y se toma el camino para, en dirección sur, dirigirse a Los Aguaderos, y cuando se llega a la loma de las Zorras, a cota 2.000 metros, se deja por la derecha dicho camino y llaneando por esta misma cota llegar al barranco de los Aguaderos, el primero después de pasar el llano existente en la misma loma, y bajar por ese barranco hasta su confluencia con el que le cae por la derecha, al pie de la cima del Toril. A pocos metros de la confluencia de estos barrancos, llega un camino, a cota 1.940 metros, que se subirá a él para tomarlo y bajar por el mismo hasta Los Pradillos, por la loma de la cima del Toril para tomar una vez más el camino forestal que se traía desde el barranco del Espino, para seguirlo al suroeste y salir de él en dirección a Hoya Herrera, en donde se llega, por el camino, a cota 1.810 metros, a la línea divisoria de los términos municipales de Bérchules, que se lleva, y Juviles, al que se va, donde se coloca la referencia número 28.

Referencia número 28

Desde este punto, se seguirá por el camino que sube por encima de El Horcajo, para cruzar el barranco de los Molinos en la cota 1.910 metros y seguir avanzando por el camino en dirección a El Portichuelo, hacia el suroeste, subiendo y cruzando la loma de las Alberquillas por su parte más alta, hasta llegar al mismo Portichuelo en la cota 2.015 metros donde está colocada la línea divisoria entre los términos municipales de Juviles y Busquístar. Desde El Portichuelo se bajará al sur por la linde de términos municipales hasta el cortafuegos que sale desde la misma linde hacia Las Fuentezuelas, ya en Busquístar, para, antes de que el cortafuegos dé una curva al sur, tomar al norte hasta caer al barranco que queda entre Las Fuentezuelas y Prado Seco, por el que se bajará, a través de su margen izquierda, hasta alcanzar la acequia de Cástaras a cota 1.510, para, girando al norte, y por esta acequia llegar a la línea divisoria entre los términos municipales de Busquístar, por el que se va, y Trevélez, al que se llega, donde se ubica la referencia número 29.

Referencia número 29

Desde este punto, El Cuervo, se continúa por la acequia de Cástaras en dirección norte hacia el Barranco de los Castaños, dejando al este el tajo de los Ladrones, se cruza dicho barranco y se continúa por la acequia dejando al este la piedra de la Turma y El Calvario, a pasar al pie de Peñabón, frente al pueblo de Trevélez. Se continuará por la misma acequia, hasta su salida del río Trevélez, cruzando el barranco de Peñabón primero y el barranco de la loma del Castillo después, para, toda vez que se ha llegado al río Trévelez, cruzarlo por la cota 1.530 metros a la altura de la umbría de Los Papos y tomar, en dirección oeste, hacia el cortijo de Piedra Redonda, para, antes de llegar a este cortijo, alcanzar la acequia Nueva que se tomará en dirección norte hasta llegar a la altura del cortijo de Los Barranquillos en la cota 1.620 metros, desde donde se bordearán todas las hazas cultivadas de este cortijo por el norte y el oeste, para, rebasando la vivienda, tomar al suroeste y llegar a los tajos de los Crestones de los Posteros, en la vertical hacia el río Trevélez de Prado Largo a la cota 1.903 metros. Desde esa cota, se bajará a la 1.900 metros y por ella se llaneará hasta alcanzar el barranco de la Cueva Agustín, por el que se ascenderá, a través de su margen izquierda, para llegar a la acequia Gorda en su cota 2.060 metros que se tomará aguas abajo en dirección sur, para buscar el barranco de Madrid, y continuar por dicha acequia Gorda hasta su final yendo hacia el barranco Chico. Para ello desde su terminación se continuará llaneando por la curva de nivel hasta enfrentar el barranco del río Chico al cruzar la loma divisoria de aguas y después alcanzar el propio río Chico para descender por su margen izquierda hasta alcanzar la cota 1.700 metros, donde se cruzará, para ascender por su margen derecha hasta llegar a la salida de la acequia que va al cortijo del Visillo, la que se sigue en dirección sur hasta llegar a las inmediaciones de dicho cortijo, que se rodeará por el norte y el oeste, y tomar el camino forestal que viene de la loma de los Peñoncillos hasta llegar a ésta y, siguiendo por él, rebasando la loma citada, dando las dos curvas cerradas que tiene a su altura, conducirlo hasta la divisoria entre los términos municipales de Trevélez y Pórtugos, al norte de las Alacenas y en la cota 1.800 metros, donde se coloca la referencia número 30.

Referencia número 30

A partir de este punto y ya en Pórtugos, se continúa por el camino forestal, en dirección oeste y, dejando al sur el Morrón de la Vieja y al norte El Agujero, cruzará el barranco de la Viña por la cota 1.760 metros, para, un vez cruzado, dirigirse al sur, siempre por el camino forestal, cruzando también el barranco de José Martín y rebasando El Peñón por el este, a continuar por el camino llegando al barranquillo que hay pasando El Peñón; se tomará en dirección oeste para subir a cota 1.850 metros por la que se llanea hasta superar hacia el sur, dejándolas al este, las labores del cortijo de la Roza de García, y entonces bajar hasta el camino que conduce a ellas para seguir por el camino unos doscientos metros y volver a subir nuevamente y bordear por el norte y el oeste el cortijo de la Sacristía y sus hazas cultivadas, para dirigirse al sur e ir a tomar el camino que sube hasta dicho cortijo en el punto en el que cruza el barranco de los Sapos en la cota 1.750 metros; por este camino se volverá al que se traía desde el barranco de la Viña para continuar por él cruzando el barranco de los Alisos en su cota 1.690 metros; se continúa al sur, por dicho camino, superando la loma de los Lotes y, ya hacia el oeste, Los Melones; una vez superado este lugar, se llegará al barranco del Tesoro que se cruzará y, por su margen derecha, se ascenderá hasta sus primeras aguas, desde las cuales se irá hacia el noroeste para llegar al alto de la cañada de las Majadillas y a la loma del Jabalí en donde, y por la divisoria de aguas entre el barranco que se trata y el barranco del Jabalí, a través de la loma del mismo nombre, se tomará en dirección suroeste, bajando por ella hasta su término, al sur del curso del barranco del Jabalí, y muy próximo a la confluencia entre el barranco y el barranco de la Chorrera, para desde esta unión tomar el nombre de río Bermejo; al pie de la loma del Jabalí, se dirigirá hacia el suroeste, para bordear el cortijo existente por el norte y el oeste hasta caer unos cien metros más debajo de la junta de los barrancos citada, en lo que ya se llama río Bermejo, en el punto en el que el camino forestal lo cruza a la cota 1.740 metros y que hace de divisoria entre los términos municipales de Pórtugos, por el que se va, y La Tahá de Pitres, al que se llega y donde se sitúa la referencia número 31.

Referencia número 31

Desde este punto, se toma el camino en dirección a la loma de las Tonadas, cruzando río Bermejo y dejando al sur el tajo de Cortes; por este camino se irá casi paralelo a la divisoria de dicha loma, hasta acercarse al Picón de Monte y entonces se rodeará dicha loma por el suroeste, llegando a la misma divisoria en la cota 1.740 metros en donde se cruzará la línea divisoria de los términos municipales de La Tahá de Pitres y Bubión, en el cual se entra por el mismo camino para cruzar el barranco del Cerezo a cota ligeramente más baja que la anterior; se cruza dicho barranco y se llega al camino que viene de Capileira y va al Alto del Chorrillo y a las altas cumbres de Sierra Nevada; se toma en sentido ascendente y, siguiéndolo, se llegará a la próxima curva cerrada (en la que prácticamente se cambia de sentido), en la hoya de la Virgen, de donde sale el camino que va a la Cañada de Bonilla y más arriba a El Hornillo; se tomará dicho camino para, casi inmediatamente, girar al nordeste y subir por el cortafuegos al camino que se traía, que se tomará de nuevo en sentido ascendente para cruzar el barranco del Tejar y llegar a la divisoria de los términos municipales de Bubión y Capileira, en la cota 1.940 metros, donde se coloca la referencia número 32.

Referencia número 32

Desde este punto y a través de la misma linde entre los términos municipales, se asciende, cruzando la acequia Baja, hasta encontrar la acequia Alta, a la que se gira y se toma para adentrarse en Capileira en la cota 2.060 metros. Se continúa por la acequia Alta, cruzando el camino que va a El Hornillo, hasta llegar a la vereda que viene de la acequia Baja a cota 2.090 metros y a la altura de Piedra Blanca al este y la Hoya de León al oeste; se baja por dicha vereda hasta la misma acequia Baja, que ahora se tomará durante unos trescientos metros, en dirección norte, para dejarla y bajar a la hoya de León por el camino existente que va por la misma loma; se continúa bajando hasta encontrar el camino que va por La Umbría hasta las ruinas de los cortijos de Prado Morea, el que se toma en dirección norte para rebasar los tajos de La Umbría y llegar a Prado Morea, donde termina dicho camino; desde la finalización de ese camino se bordearán las hazas de Prado Morea por el este y el norte, y se continuará en esta dirección hasta llegar a los cejos de la margen izquierda del barranco de Mecina, por los cuales se baja hasta caer al río Naute, en las proximidades de la central eléctrica de La Cebadilla. Antes de cruzar el río Naute se girará al suroeste y por la margen izquierda de éste se llegará al punto en el cual sus aguas se juntan con las del río Toril para formar el barranco del Poqueira, y entonces se cruzará este último para ascender unos metros por su margen derecha y tomar la loma del Puntal para subir hasta la acequia Nueva, dejando al sur el haza del cultivo que hay en la misma loma; esta acequia Nueva, se tomará en la cota 1.870 metros en donde, además, coincide que se llega a la línea que divide los términos municipales de Capileira y Bubión, que es la propia acequia Nueva, donde se coloca la referencia número 33.

Referencia número 33

Desde este punto, se continuará hacia el suroeste por la acequia Nueva que es la misma línea divisoria de los términos de Bubión y Capileira, pasando la loma de Ramón, los barrancos de Prado Largo, el del Castillejo, el de Piedra Cabrera y, dejando al oeste el cortijo de Haza Sastre, llegar a El Partidor donde se unen, en la misma acequia, las líneas divisorias de los términos de Bubión y Capileira que se lleva por la acequia y el de Bubión y Pampaneira que viene del norte por los Pradillos, de forma que a partir de este punto en El Partidor, y siempre por la acequia, antes de llegar al barranco de Rosas o de Los Pradillos, la línea divisoria lo es de los términos de Capileira y Pampaneira, para en dicho barranco, a la cota 1.720 metros, unirse con la divisoria entre Bubión y Capileira que viene por el mismo barranco citado. En este punto pues, se unen tres líneas divisorias, la que divide Capileira al este y Pampaneira al oeste, la de Capileira al norte y Bubión al sur, y la de Bubión y Pampaneira que se continúa a partir de este punto por la misma acequia. Se continúa por la acequia Nueva hasta el este del cortijo El Partidor y cerca de la vivienda se abandona la acequia para adentrarse en Pampaneira, rodear el cortijo por el norte y subir a la cota 1.790 metros por la que llaneará hasta el camino que sube a Peña Gallego, que se tomará y, en dirección suroeste, por la cota 1.800 metros, se llegará a la altura del morrón de la cañada de las Yeguas, para girar bruscamente al oeste y ascender hasta el mismo morrón en la cota 1.940 metros donde, además, coincide la divisoria de los términos municipales de Pampaneira y Soportújar, y se sitúa la referencia número 34.

Referencia número 34

Desde este punto se toma en dirección sur la propia linde entre los términos municipales de Pampaneira y Soportújar, descendiendo por esta divisoria de aguas hacia la atalaya de Soportújar (1.691 metros), precisamente por la cañada real Málaga-Sierra Nevada. Desde la atalaya gira al noroeste por la linde sur del monte de utilidad pública Los Manzanillos, la cual se sigue hasta su confluencia con el cortafuegos que separa este monte del de cuenca del río Chico (GR-1.003), para descender por este cortafuegos unos ciento cincuenta metros y encontrar el camino forestal de Soportújar. Entonces se toma dicho camino forestal en dirección norte noroeste hacia Puente Palo. Desde Puente Palo se continúa por dicho camino forestal para cruzar río Chico y adentrarse en el término municipal de Cáñar, cruzando el barranco de Prado Quinto, la haza de los Matías, el barranco del Partidor, dejando al norte El Robledal y la hoya del Nevazo, y llegar a las ruinas de la casa forestal de Cáñar, para continuar, siempre por el mismo camino, en dirección a la Loma de Cáñar a la que se llegará al norte de la hoya de Cabrera en la cota 1.675 metros, a la que también y en la misma loma se cruzará la divisoria entre los términos municipales de Cáñar, que se deja, y Lanjarón, al que se llega, y donde se coloca la referencia número 35.

Referencia número 35

Desde este punto, y por el mismo camino, se continúa en dirección al río Lanjarón, superando los tajos del Pósito y, llegando al cortijo de Fuente Sordilla, abandonar este camino y subir unos metros para tomar la acequia de Rascabelar, por la cual se avanzará hasta que, llegando a las hazas cultivadas de Fuente Sordilla, se girará al nordeste para bordearlas y ascender hasta la acequia Alta, que se tomará en dirección norte hasta llegar al barranco del Espino en la cota 1.900 metros, pasando por el oeste Prado Abarca y por el este el cortijo del Espino. Antes de cruzar dicho barranco, se tomará al oeste por su margen izquierda para bajar hasta el río Lanjarón, cruzando la acequia que se tomó en el cortijo de Fuente Sordilla. Desde este lugar y antes de cruzar el río Lanjarón, se bajará por su margen izquierda hasta la cota 1.660 metros por la cual se cruzará para tomar el barranco Ballesteros y subirlo por su margen derecha hasta la cota 1.790 metros por la que se llaneará hasta superar hacia el sur las viviendas de los cortijos de Ballesteros y después bajar, para tomar el camino que entra a ellos y seguirlo en dirección sur, dejando al oeste Los Ranchillos. Se continúa por dicho camino para, llegando a El Vadillo donde éste tiene una curva muy cerrada, salir de él con dirección oeste y tomar la loma arriba hasta el morrón de la Mulata a 1.950 metros donde se alcanza la loma de Lanjarón, al sur de Peña Caballera, y se llega a la divisoria entre los términos municipales de Lanjarón y Lecrín, y donde se sitúa la referencia número 36.

Referencia número 36

Desde este punto y adentrándose en Lecrín, se subirá unos doscientos metros para alcanzar el camino que viene de Pirolo y se seguirá hasta ese lugar, pasando las primeras aguas de los barranquillos que confluirán en el barranco de la Encina Real, para continuar llaneando por la cota 1.960 metros en dirección a las primeras aguas del barranco del Pleito, muy cerca de una casa en ruinas que hay entre el primer y segundo barranquillo, por el cual se subirá a la cota 2.080 metros y alcanzar el camino que viene de Las Acequias, una vez superado el tercer barranquillo; se continúa por este camino bajando hasta la cota 2.060 metros por la que se llega a la loma que divide Las Acequias y la fuente del Sauco, que además es linde entre los términos municipales de Lecrín y Nigüelas, donde se coloca la referencia número 37.

Referencia número 37

Se cruzará la linde entre Lecrín y Nigüelas, adentrándose en este último por el paraje de Las Lagunillas, a la cota 2.060 metros, para continuar el camino que se dirige a la parte alta del barranco de Las Yeseras y cruzar dicho barranco a la cota 2.030 metros, para entonces dejar el camino llaneando hacia el norte por la cota 2.000 metros y alcanzar el barranco de Juan Villa en su confluencia con el camino de la Rinconada de Nigüelas. Entonces se sigue este camino, bordeando en cada caso las hazas cultivadas a la margen este del mismo, cruzando el barranquillo de Haza Cárdenas, dejando al este la fuente de Mailópez, siempre por el camino que se ha tomado en el cruce de dicho barranco, se seguirá, bordeando por el este las hazas cultivadas que hay en El Posteruelo; se continuará cruzando el barranco del Tranco, por sus primeras aguas, para dirigirse por La Umbría hasta por encima del cortijo del mismo nombre (La Umbría), que se rodeará por el este y el norte para tomar los cejos de la margen izquierda del siguiente barranquillo, llamado del Toril, y bajará por ellos hasta el río Torrente, en la cota 1.950 metros. Antes de cruzar el río y por su margen izquierda, se descenderá hasta encontrar la confluencia del barranco de la Cueva, por donde cruzará a la margen derecha del río para remontarlo hasta la altura de las últimas aguas de un barranco, llamado Las Quiebras, que sube hasta el este del tajo Bautista y prácticamente hasta la loma de los Tres Mojones; se continúa por dicho barranquillo hasta alcanzar el camino que va a los cortijos de Echevarría y el Peñón de Muñoz, camino de la Rinconada, para tomarlo en dirección oeste y rodear todas las labores que hay al este del tajo de la Cueva; superadas hacia el oeste estas labores, se caerá desde el camino que se llevaba, al barranquillo, llamado de la Cueva y que está entre el propio barranco de la Cueva y el barranco de Valero, que lo cruza a cota 2.160 metros, para bajar por su margen izquierda de nuevo al río Torrente en la cota 1.820 metros y cruzándolo descender por su margen izquierda hasta su confluencia con el barranco del Peñón de Muñoz, en la cota 1.510 metros, en la que se vuelve a cruzar el río y se asciende por la margen derecha del barranco citado hasta alcanzar la acequia de los Hechos en su tramo entubado. Entonces se continúa sobre dicha acequia de los Hechos aguas arriba hacia el partidor de la Confederación Hidrográfica ubicado próximo a la línea divisoria de los términos municipales de Nigüelas que se lleva, y Dúrcal al que se va, donde se sitúa la referencia número 38.

Referencia número 38

Desde este punto, el partidor de la acequia de los Hechos, se tomará ya descubierta y se continuará aguas arriba, dejando al este los tajos de la Raya y la Raya de la Dehesa, hasta la loma de los Castaños, por la cual, una vez cruzado el camino que venía de la dehesa de Dúrcal, se tomará su divisoria y se descenderá, rodeando todas las labores por el norte, hasta el río Dúrcal en su cota 1.310 metros, justo en la confluencia de un barranquillo que bajando paralelo a la loma desemboca en el río por su izquierda. Al bajar por esta loma de los Castaños se han cruzado dos veces más los caminos que van a la loma de las Particiones y también se ha hecho lo mismo con el canal de la Sevillana, dejando al norte El Chaparral. Al llegar al río Dúrcal, sin cruzarlo, se tomará al oeste para cruzar el barranquillo y encaminarse, aguas abajo, por la margen izquierda, hasta encontrar la toma de una acequia que sale por su margen derecha. Se cruza el río Dúrcal para tomar dicha acequia de riego aguas abajo dejando fuera el cortijo situado frente al barranco de la Cantina. Se sigue la misma acequia, que discurre por la base de los tajos del Launar hasta que cruza el camino que va hacia los Puntales del Tigre, por el cual se toma hasta alcanzar un barranquillo por el que se remonta hasta rodear el Cortijo de Los Molinos y entonces, llaneando por la cota 1.320 metros, alcanzar el barranco de La Magara, ascendiendo, sin cruzarlo, hasta la cota 1.350 metros, por la cual se cruzará dicho barranco y se llaneará por esta cota dejando al sur los cortijos de La Magara, hasta encontrar el siguiente barranquillo, llamado de Las Víboras, por la margen izquierda hasta la cota 990 metros, donde desemboca la rambla de Dílar en la base de los Poyos y al sur del dique existente sobre esta misma rambla; en este punto se cruzará el río Dúrcal y se tomará la rambla de Dílar por su margen derecha, para ir ascendiendo por ella hasta Montellano, collado en el que se encuentra el borde de la Reserva Nacional de Caza y la linde intermunicipal entre Dúrcal y Dílar. Se toma dicha linde hacia el Picacho Alto, vértice donde se coloca la referencia número 39.

Referencia número 39

A partir de este punto, se cruza la línea que divide los términos municipales, y se entra en Dílar, llaneando por la misma cota 1.750 metros, rodeando por el oeste Picacho Alto y, después de unos ciento cincuenta metros, girar al noroeste para tomar la cuerda que conduce al pico de los Abantos; pasando el collado que hay antes de llegar a este pico, se subirá a su mismo cénit a 1.666 metros, para bajar por la misma cuerda, ahora en dirección a Pinillo Blanco, y después de haber recorrido unos doscientos cincuenta metros desde el pico de los Abantos, en la cota 1.630 metros, se girará al norte, para descender por una loma hasta el barranco de Rambla Seca, al que se llega en la cota 1.180 metros, dejando al este la misma rambla Seca y la cañada de la Selva y al norte Peñón Bermejo; sin cruzar dicho barranco, se descenderá por su margen izquierda hasta que en la cota 970 metros se llega al río Dílar, al oeste y aguas arriba de la central eléctrica de Nuestra Señora de las Angustias, y justo debajo del camino que sube por la margen opuesta de dicho río, al cual se subirá, cruzando el río, para tomarlo en dirección norte primero y este después, y subir hasta la altura del llamado cerro de San Miguel para dejar el camino por la izquierda y subir la loma hasta llegar a la cumbre del citado cerro a 1.186 metros y desde aquí bajar al collado y ascender al pico de la Boca de la Pescá a 1.517 metros donde se alcanza el punto en el que confluyen los términos municipales de Dílar, que se lleva, y Gójar y La Zubia que quedan al norte, donde se coloca la referencia número 40.

Referencia número 40

Desde este vértice se seguirá la línea que divide los términos municipales de Dílar y La Zubia, para llegar al punto donde el canal de la Espartera pasa al término de La Zubia y desde ahí tomar este canal, aguas arriba, para volver a Dílar; se avanzará por el canal aguas arriba, incluso en el tramo en el que posee túnel, para llegar, en la vertical del cortijo Sevilla, al collado de la Espartera, en donde también coincide la divisoria entre los términos municipales de Dílar y Monachil. En este collado, se vuelve al norte, entrando en Monachil, para bajar al camino forestal de la Cortijuela, y desde él, continuar bajando al arroyo Huenes, para cruzarlo y subir por la margen derecha hasta su confluencia con el barranco de las Majadillas, para, sin cruzar este último, tomar su margen derecha y subir al camino forestal que va hacia La Mina, bordeando por su pie tajo Colorado, y continuar por él hasta su llegada al barranco del Lobo, cruzando la cuesta de Quebrantajarres, la loma de Enmedio y varios barranquillos; después de llegar a este barranco y al cruzarlo se girará al sureste para tomar su margen derecha y subir por ella hasta cota 1.700 metros por la cual se llaneará en dirección noroeste primero y norte después, rodeando el cerro Huenes hasta llegar a su norte para bajar, en esa misma dirección, y alcanzar el tajo de la Sabina a 1.680 metros y bajar, en dirección noroeste por la loma que conduce al tajo del Contadero, hasta su caída al río Monachil en la cota 980 metros por la que se cruzará y se tomará su margen derecha para subir decididamente hacia la central de Diechar. Al subir por la margen derecha del río Monachil se dejará al norte el tajo de las Tapias, al sur los tajos del Contadero y la Escarigüela, se rodeará por el sur la edificación de una central eléctrica abandonada que hay antes de llegar al peñón del Negro, prácticamente en el curso de agua del río; se pasará al sur del tajo de las Palomas, el tajo del Lunes y el cerro de los Poyos, para llegar a las inmediaciones de la central eléctrica de Diechar donde desemboca el barranco de la Dehesilla; entonces se cruzará el río Monachil y se tomará la margen derecha del barranco de la Dehesilla para subir por él hasta llegar a la altura del cortijo del mismo nombre, en la cota 1.380 metros, donde se cruzará dicho barranco para subir por el afluente que le cae por la izquierda hasta alcanzar el camino que sube a las mesetas, y girando al nordeste, tomar dicho camino en dirección a Diechar para bordear la loma de La Mariana y cruzar el barranco del Chisme, siguiendo por el camino de Diechar, pasando la loma del cerro de la Dehesilla y el cruce con el camino que baja al cortijo, girará al norte para ir hacia el mencionado cerro y, desde el collado a cota 1.487 metros, bajar de nuevo al río Monachil por la cañada, cruzándolo por la cota 1.340 metros y girando para tomar su margen derecha y ascender aguas arriba; continuando por la margen derecha del río se cruzará el camino que va a las naves de Las Agüillas y a Diechar, pasando la represa de donde sale el canal para la central del mismo nombre, a partir de la cual se tomará por los cejos del río Monachil de la misma margen que se sube, dejando a unos cien metros el curso de dicho río, y pasando al sur del cortijo de San Jerónimo, la hoya de Pedraza, la loma de las Yeguas y al norte de las antiguas chozas del Maguillo. Se continúa por los cejos de la margen derecha del río Monachil hasta llegar enfrente de la desembocadura del barranco de Valdeinfierno, a 1.690 metros; entonces se gira al sur, se cruza el río y se sube por la margen derecha del barranco citado hasta sus primeras aguas, en la cota 2.400 metros, desde la cual y en dirección sur se subirá hasta la loma de Dílar a 2.480 metros, en la que se sitúa también la divisoria entre los términos municipales de Monachil, que se lleva y Dílar, al que se va, y donde se sitúa la referencia siguiente, la número 41.

Referencia número 41

Desde la cota 2.480 metros, en el límite entre Monachil y Dílar, al norte de los prados de las Monjas, se continúa por dicho límite, a través de la loma de Dílar, hasta alcanzar el camino que entra hasta la estación inferior del telesilla Laguna, en los prados del Piornal, por el cual se descenderá en dirección a los Borreguiles de Dílar; se continúa por dicho camino unos cien metros antes de llegar al trazado actual del telesilla Dílar de la estación de esquí, se abandonará el camino para caer al Río Dílar, en la cota 2.600 metros, por la que se cruzará y se rodeará la explanada existente en la estación inferior del telesilla Laguna y se subirá por la margen derecha del río, de nuevo, en dirección a los lagunillos de la Virgen; pasando los prados Virgen de la Ermita por el norte y el este, se llegará a la zona donde el curso del río se hace sobre una lastra, punto en el cual se girará al este (en la cota 2.720 metros) para, por encima de la pista de esquí existente, ir hacia La Escollera, por debajo de la laguna de las Yeguas, subiendo ligeramente hasta llegar a una chorrera de desagüe natural de la laguna, a la altura de la línea de trazado del telesilla Laguna, por la que se ascenderá para llegar a cien metros de la laguna y entonces girar al norte, primero y nordeste, después, y bordear la laguna por su pared norte, tomando, una vez acabada dicha pared la vereda que sube a los tajos de la Virgen, la que se seguirá, dejando al oeste los Lagunillos de la Virgen y sus zonas húmedas; superando el último lagunillo, se dirigirá hacia el sureste para ascender hasta la curva del camino que va a Capileira, en la misma carihuela del Veleta, donde se llega al límite entre los términos municipales de Dílar, por el que se va, y Capileira, al que se llega, donde se coloca la referencia número 42.

Referencia número 42

Por esta línea divisoria de términos municipales se asciende, en dirección al pico del Veleta, hasta la cota 3.340 metros en la que pasa al término de Dílar y toma la curva de la antigua carretera que llegaba al mismo Veleta, por la cual se llanea hasta alcanzar la línea divisoria entre Dílar y Monachil al que se cruza por la misma carretera, para alcanzar los 3.350 metros y desde la curva de la propia carretera llegar a la cota 3.330 metros, en el límite entre los términos municipales de Monachil, que se lleva, y Güéjar Sierra, al que se va. Desde este punto, dando vista al corral del Veleta, y siempre por la línea divisoria de términos municipales, que coincide con la divisoria de aguas del Genil y el Monachil, se descenderá, dejando al este El Mirador y las primeras aguas del barranco de San Juan en Los Panderones, hasta la loma de Cauchiles, por la cual se llegará, dejando también al este el mojón del Trigo y entrando brevemente en el término de Güéjar Sierra, al albergue militar de la hoya de la Mora, rodeándolo por el sur, el este y el norte, y continuar hasta el primer peñón de San Francisco, tomando de nuevo la línea divisoria entre Güéjar y Monachil; pasando el primer peñón y bajando hasta la antigua estación superior del remonte mecánico que había en los prados de Otero, donde llega también el camino que viene del albergue universitario; desde aquí, se tomará en dirección noroeste, adentrándose en Monachil, bajando por la carretera GR-420 de subida al Veleta, la cual se tomará hasta las cercanías del Centro Operativo de Las Sabinas de la Consejería de Obras Públicas, dejando a la derecha Puesto Parra y el collado del Diablo. Antes de llegar a la edificación de dicho centro operativo, se bordearán sus casas por el este, el norte y el sur, para llegar a la siguiente curva de la misma carretera que se traía y rodeando por el norte y por su pie la explanada existente en el mismo Collado de Las Sabinas, llegar a la referencia número 1, cerrando el recinto que delimita el Parque Nacional de Sierra Nevada.

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ANEXO II

Abla.

Abrucena.

Alboloduy.

Alsodux (Montenegro).

Bayárcal.

Beires.

Canjáyar.

Fiñana.

Fondón.

Las Tres Villas.

Laujar de Andarax.

Nacimiento.

Ohanes.

Paterna del Río.

Rágol.

Aldeire.

Alpujarra de la Sierra.

Bérchules.

Bubión.

Busquístar.

Cáñar.

Capileira.

Dílar.

Dólar.

Dúrcal.

Ferreira.

Güejar-Sierra.

Huéneja.

Jerez del Marquesado.

Juviles.

La Tahá.

La Zubia.

Lanjarón.

Lanteira.

Lecrin.

Lugros.

Monachil.

Nevada.

Nigüelas.

Pampaneira.

Pórtugos.

Soportújar.

Trevélez.

Válor.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 11/01/1999
  • Fecha de publicación: 13/01/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 14/01/1999
  • Téngase en cuenta el PRUG aprobado por Decreto núm. 238/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 155, de 9 de agosto), que entró en vigor el 10 de agosto de 2011.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 1566/1999, la inconstitucionalidad del art. 10.4 b) con los efectos señalados en el fj 4 y la pérdida del objeto respecto de los arts. 3.3, 4.2 a), 6, 7, 8, 9.3, 10.5 y la disposición final 1, por Sentencia 100/2005, de 20 de abril (Ref. BOE-T-2005-8278).
    • en el Recurso 1504/1999, la inconstitucionalidad de los arts. e incisos indicados, según el f.j. 13, y la constitucionalidad del art. 3.3, según el f.j. 10, por Sentencia 81/2005, de 6 de abril (Ref. BOE-T-2005-7523).
  • SE DEROGA el art. 10.5, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
Referencias anteriores
  • DEROGA lo indicado de la Ley 37/1966, de 31 de mayo (Ref. BOE-A-1966-9020).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-1989-6881).
Materias
  • Andalucía
  • Ecosistemas
  • Espacios naturales protegidos
  • Parques Nacionales

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