Advertidos errores en el texto del Real Decreto-ley 7/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes en el sector de telecomunicaciones, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 151, de 24 de junio de 2000, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:
En la página 22458, segunda columna, segundo párrafo, séptima línea, donde dice: "... término a la competitividad..." ; debe decir: "... término a mejorar la competitividad...". Y en la línea decimoctava, donde dice:
"... se incorporen a las nuevas..." ; debe decir: "... se incorpore a las nuevas...".
En la página 22459, segunda columna, artículo 2, primer párrafo, segunda línea, donde dice: "...
Telecomunicaciones establecerá..." ; debe decir: "...
Telecomunicaciones, establecerá...".
En la página 22460, primera columna, artículo 4, apartado 3, segundo párrafo, tercera línea, donde dice:
"... horas, de lunes a..." ; debe decir: "... horas de lunes a...".
En la página 22460, primera columna, artículo 4, apartado 3, quinto párrafo, segunda línea, donde dice:
"... se entregarán por los operadores dominantes del servicio telefónica fijo..." ; debe decir: "... se entregará por los operadores dominantes del servicio telefónico fijo...".
En la página 22460, primera columna, artículo 6, tercera línea, donde dice: "... por la CDGAE..." ; debe decir:
"... por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos...".
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