Por Orden de 17 de diciembre de 1997 se creó la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil y en su apartado cuarto se determinó la composición de la misma, figurando entre sus miembros el Director general de Administración de la Seguridad, en calidad de Presidente, así como, en calidad de Vocales, los Subdirectores generales de Planificación y Medios Materiales y de Gestión Económico-Financiera de la Seguridad, ambos Subdirectores pertenecientes a la Dirección General de Administración de la Seguridad.
Esta Dirección General ha sido suprimida por el Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, el cual, a la vez, crea la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
Aunque se encuentran en fase avanzada las actuaciones de la citada Comisión Liquidadora en su cometido de liquidación del extinto Patronato de Viviendas de la Guardia Civil, es preciso, no obstante, culminarlas adecuadamente ; por cuyo motivo conviene adecuar la composición y adscripción de aquélla a la estructura orgánica actual del Ministerio del Interior.
En virtud de lo expuesto, al amparo de lo establecido en la disposición final primera del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, y en los artículos 40 y 64.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, con aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
Primero.-Las menciones que se hacen en la Orden de 17 de diciembre de 1997, por la que se crea la Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil, a la Dirección General de Administración de la Seguridad, se entenderán referidas a la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, atribuyendo a ésta la posición y facultades de la suprimida Dirección General de Administración de la Seguridad.
Segundo.-Se modifica el apartado cuarto de la citada Orden de 17 de diciembre de 1997, que queda redactado de la siguiente manera:
"Cuarto.-La Comisión Liquidadora del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil tendrá la siguiente composición:
Presidente: El Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
Vocales:
El Subdirector general de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.
El Subdirector general de Planificación y Control de la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
El Subdirector general de Patrimonio y Gestión Económica de la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
El ex Presidente del extinguido Patronato de Viviendas de la Guardia Civil.
El Abogado del Estado-Jefe de la Abogacía del Estado en el Ministerio del Interior.
El Interventor delegado en el Ministerio del Interior.
Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Apoyo, con voz y sin voto, designado por el Director general de la Guardia Civil.
Asimismo, la Comisión Liquidadora podrá recabar la asistencia a sus sesiones del Jefe del Servicio de Acuartelamiento de la Dirección General de la Guardia Civil. Con independencia de lo anterior, dicho Servicio colaborará con la Comisión Liquidadora en todo lo que sea preciso para la realización del proceso de liquidación del Patronato."
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 10 de noviembre de 2000.
MAYOR OREJA
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