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El Tribunal Constitucional, por auto de 18 de enero actual, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia de los artículos 217 y 228.3. a) de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio, y, asimismo, mantener la suspensión de la vigencia de los artículos 220.2, salvo el inciso relativo a los vertidos al mar, y 224.1. a), levantando la suspensión para las referencias a las zonas periféricas de protección efectuadas en estos preceptos, cuya suspensión fue publicada en el "Boletín Oficial de Estado" de 24 de septiembre de 1999.
Madrid, 18 de enero de 2000.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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