El Tribunal Constitucional, por providencia de 1 de febrero actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 368/2000, promovido por el Presidente del Gobierno contra la Ley del Parlamento de Andalucía 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana. Y se hace saber que se ha invocado por el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada, desde la fecha de interposición del recurso, 21 de enero de 2000, para las partes y desde el día en que aparezca publicada esta suspensión en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 1 de febrero de 2000.-El Presidente del Tribunal Constitucional, CRUZ VILLALÓN
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