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Documento BOE-A-2000-441

Corrección de errores de la Orden de 22 de diciembre de 1999 por la que se aprueban los modelos 198, en pesetas y en euros, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soporte directamente legible por ordenador.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2000, páginas 983 a 985 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-441
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/12/22/(4)/corrigendum/20000111

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Orden de 22 de diciembre de 1999 por la que se aprueban los modelos 198, en pesetas y en euros, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soporte directamente legible por ordenador, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 311, de 29 de diciembre de 1999, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 45862, se suprime completamente su contenido al advertirse la repetición de este mismo contenido en la página 45860.

En la página 45864, en las instrucciones correspondientes a la casilla "Clave operación" (continuación), después de la letra U, debe añadirse el siguiente texto: "W:

Otras operaciones".

En la página 45864, el texto de las instrucciones correspondientes a la casilla "Importe reducciones" debe sustituirse por el siguiente: "Casilla Importe reducciones:

se consignará el importe de las reducciones contempladas en el artículo 24.2 de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que hayan sido aplicadas, siempre que el declarado tenga la condición de contribuyente por el citado impuesto. En el supuesto en que el importe del Valor de adquisición o suscripción sea mayor que el importe del Valor de transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión, deberá figurar con signo negativo".

En la página 45874, en las instrucciones correspondientes a la casilla "Clave operación" (continuación), después de la letra U, debe añadirse el siguiente texto: "W:

Otras operaciones".

En la página 45874, el texto de las instrucciones correspondientes a la casilla "Importe reducciones" debe sustituirse por el siguiente: "Casilla Importe reducciones: se consignará el importe de las reducciones contempladas en el artículo 24.2 de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que hayan sido aplicadas, siempre que el declarado tenga la condición de contribuyente por el citado impuesto. En el supuesto en que el importe del Valor de adquisición o suscripción sea mayor que el importe del Valor de transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión, deberá figurar con signo negativo".

En la página 45881, se sustituye el contenido de la descripción del campo "RENDIMIENTOS" (posiciones 160-174) por el siguiente:

"POSICIONES / NATURALEZA / DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

160-174 Alfanumérico RENDIMIENTOS:

Este campo se subdivide en dos:

160 SIGNO: Campo alfabético que se cumplimentará cuando el resultado de la suma para obtener el importe de los rendimientos imputables (posiciones 161 a 174 de este registro de tipo 1) sea menor de 0 (cero). En este caso se consignará una "N" ; en cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.

161-174 IMPORTE: Campo numérico de 14 posiciones en el que se consignará la suma de las cantidades (sin decimales) reflejadas en los campos "IMPORTE" (posiciones 166 a 176 correspondientes al registro de tipo 2). En el supuesto de que en los registros de declarados se hubiera consignado "N" en el campo SIGNO DEL RENDIMIENTO (posición 165 del registro de tipo 2), dichas cantidades se computarán con signo menos al totalizar los importes que deben reflejarse en esta suma.

Si el modelo corresponde a una presentación en la unidad de cuenta peseta (el campo "NÚMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 198), los importes se consignarán en pesetas. Si se corresponde a una presentación en la unidad de cuenta euro (el campo "NÚMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 178), los importes deben configurarse en céntimos de euros. Por lo tanto los importes nunca llevarán decimales.

Las declaraciones incluidas en un mismo soporte colectivo deben estar expresadas en la misma unidad de cuenta monetaria."

En la página 45886, se sustituye el contenido de la descripción del campo "IMPORTE REDUCCIÓN" (posiciones 177-187) por el siguiente:

"POSICIONES / NATURALEZA / DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

177-187 Alfanumérico IMPORTE REDUCCIÓN:

177 SIGNO: Alfabético.

Se rellenará a espacios (signo positivo) en el supuesto en que el importe del Valor de adquisición o suscripción sea inferior al importe del valor transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión ; en el caso contrario deberá figurar la letra "N" (signo negativo).

178-187 IMPORTE: Campo numérico de 10 posiciones.

Se consignará el importe de las reducciones contempladas en el artículo 24.2 de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que hayan sido aplicadas, siempre que el declarado tenga la condición de contribuyente por el citado impuesto.

Se consignará a cero en las operaciones que no generen rendimientos con derecho a reducción.

Si el modelo corresponde a una presentación en la unidad de cuenta peseta (el campo "NÚMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 198), los importe se consignarán en pesetas. Si se corresponde a una presentación en la unidad de cuenta euro (el campo "NÚMERO DE JUSTIFICANTE" comienza por 178), los importes deben configurarse en céntimos de euros. Por lo tanto los importes nunca llevarán decimales.

Las declaraciones incluidas en un mismo soporte colectivo deben estar expresadas en la misma unidad de cuenta monetaria."

En la página 45886, la referencia a las posiciones 209-216 del campo "CÓDIGO DE RELACIÓN" debe sustituirse por la referencia a las posiciones 209-215.

En la página 45886, la referencia a las posiciones 217-250 del campo "EN BLANCOS" debe sustituirse por la referencia a las posiciones 216-250.

El diseño gráfico que aparece en la página 45882, se sustituye completamente por el diseño gráfico que se inserta a continuación:

Modelo 198

(VER IMÁGEN PÁGINA 985).

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/01/2000
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-2004-20157).
  • Fecha de derogación: 30/11/2004
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 22 de diciembre de 1999 (Ref. BOE-A-1999-24713).
Materias
  • Formularios administrativos
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Títulos valores

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