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Documento BOE-A-2000-7052

Corrección de errores de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14 de abril de 2000, páginas 15278 a 15278 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2000-7052
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/corrigendum/20000414

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 7, del 8, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 597, segunda columna, artículo 19, apartado 4, segunda línea, donde dice: "... será acordado, mediante...", debe decir: "... será acordada, mediante...".

En la página 626, segunda columna, artículo 222, apartado 3, párrafo primero, quinta línea, donde dice:

"... en el artículo 10 de esta Ley.", debe decir: "... en el artículo 11 de esta Ley.".

En la página 630, primera columna, artículo 247, apartado 4, cuarta línea, donde dice: "... de lo dispuesto en el artículo anterior...", debe decir: "... de lo dispuesto en el apartado anterior...".

En la página 642, segunda columna, artículo 326, apartado 2, párrafo segundo, primera línea, donde dice:

"... cotejo o del otro medio de prueba...", debe decir:

"... cotejo o de otro medio de prueba...".

En la página 656, primera columna, artículo 424, apartado 2, cuarta línea, donde dice: "... actor, o, en caso, del...", debe decir: "... actor, o, en su caso, del...".

En la página 658, primera columna, artículo 433, apartado 2, párrafo tercero, tercera línea, donde dice:

"... cada parte principiará a los hechos aducidos...", debe decir: "... cada parte principiará refiriéndose a los hechos aducidos...".

En la página 686, segunda columna, artículo 630, apartado 2, cuarta línea, donde dice: "... del artículo 623", debe decir: "... del artículo 622".

En la página 711, segunda columna, artículo 778, apartado 2, última línea, donde dice: "... dispuesto en el artículo 770.", debe decir: "... dispuesto en el artículo 775.".

En la página 720, primera columna, disposición derogatoria única, apartado 1.1.a, párrafo segundo, tercera línea, donde dice: "... los números 1.º y 3.º del artículo 11 y...", debe decir: "... los números 1.o y 3.ºdel artículo 10 y...".

En la página 723, segunda columna, disposición final séptima, apartado 4, párrafo tercero, y apartado 5, párrafo segundo, donde dice: "... los números 4.ºy 5.º del artículo 519 de la Ley...", debe decir: "... los números 4.º y 5.º del apartado segundo del artículo 517 de la Ley...".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/04/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 14/04/2000
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).
Materias
  • Embargos
  • Enjuiciamiento Civil
  • Matrimonio
  • Sentencias
  • Ventas a plazos

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