Con el objeto de hacer más precisa la redacción de la vigente Orden de delegación de competencias en relación con los servicios comunes, en lo que se refiere a las subvenciones sin asignación nominativa, es conveniente modificar la Orden de 25 de septiembre de 2000, sobre delegación de competencias en relación con los servicios comunes del Ministerio de Fomento.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.- Se modifica el apartado 1 del punto octavo de la Orden de 25 de septiembre de 2000, sobre delegación de competencias en relación con los servicios comunes del Ministerio de Fomento ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de octubre), que queda redactado como sigue:
"1. Se delega en el Subsecretario el ejercicio de la competencia de aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones y de conceder las mismas, cuando no tengan asignación nominativa y se financien con cargo a créditos del Servicio 01 del Presupuesto de Gastos del Departamento."
Segundo.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 17 de septiembre de 2001.
ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ
Ilmo. Sr. Subsecretario. Departamento.
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