El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de insconstitucionalidad número 5.708-2000, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 9.7 del Decreto 3313/1996, que aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Actividades y Beneficios Comerciales e Industriales, y del ejercicio de la delegación legislativa contenida en el artículo 279.7 y en la disposición derogatoria undécima, apartado 1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, por presunta vulneración de los artículos 14, 31.1, 38, 133.3 y 82.5 y 6 de la Constitución.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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