Al final del apartado segundo se añade:
"f) Las facultades enumeradas en los apartados a), b), c), d) y e) anteriores, para las Unidades administrativas directamente dependientes del Secretario general con rango inferior a Dirección General, cuyo contenido económico sea inferior a 75.000.000 de pesetas."
En el apartado tercero, donde dice: "Se delegan en el Director general de Política Económica y Defensa de la Competencia", debe decir: "Se delegan en el Director general de Política Económica".
Madrid, 2 de febrero de 2001.-El Secretario de Estado, José Folgado Blanco.
Ilmos. Sres. Subsecretario de Economía, Secretario general de Política Económica y Defensa de la Competencia, Director general de Política Económica.
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