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Documento BOE-A-2001-474

Corrección de errores de la Ley del Principado de Asturias 18/1999, de 31 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 6 de enero de 2001, páginas 749 a 749 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2001-474
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/1999/12/31/18/corrigendum/20010106

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Ley del Principado de Asturias 18/1999, de 31 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 48, de 25 de febrero de 2000) se procede a su rectificación en el siguiente sentido:

En el apartado seis «tasa por inspecciones y controles sanitarios de animales y sus productos» del artículo octavo «Modificación del texto refundido de las Leyes de Tasas y Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio».

En la página 8329:

En lo relativo al artículo 69 «cuota tributaria de la tasa por controles sanitarios respecto de determinadas sustancias y sus residuos en animales vivos y sus productos», donde dice:

«Unidades

Cuota por unidad

Pesetas

(................................................ ............)
De lechones y jabalíes de menos de 25 kilogramos de peso por canal. 14,20
(................................................ ............)
De ovino mayor y otros rumiantes con más de 18 kilogramos de peso por canal. 14,00
(................................................ .............)»

Debe decir:

«Unidades

Cuota por unidad

Pesetas

(................................................ ............)
De lechones y jabalíes de menos de 25 kilogramos de peso por canal. 4,20
(................................................ ............)
De ovino mayor y otros rumiantes con más de 18 kilogramos de peso por canal. 4,00
(................................................ .............)»

En la página 8330:

En lo relativo al artículo 70 «Liquidación de ingresos», donde dice:

«Costes suplidos máximos por Auxiliares y Ayudantes

(Por unidad sacrificada)

Unidades

Pesetas

(................................................ ............)
De ovino mayor y otros rumiantes con más de 18 kilogramos de peso por canal. 19,00
(................................................ ............)
De caprino mayor, de más de 18 kilogramos de peso por canal. 19,00
(................................................ .............)»

Debe decir:

«Costes suplidos máximos por Auxiliares y Ayudantes

(Por unidad sacrificada)

Unidades

Pesetas

(................................................ ............)
De ovino mayor y otros rumiantes con más de 18 kilogramos de peso por canal. 9,00
(................................................ ............)
De caprino mayor, de más de 18 kilogramos de peso por canal. 9,00
(................................................ .............)»

(Publicado en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 285, de 11 de diciembre de 2000)

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 06/01/2001
  • Publicada en el BOPA núm.11, de 11 de diciembre de 2000.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-3764).
Materias
  • Asturias
  • Sanidad veterinaria
  • Tasas

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