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De acuerdo con lo previsto en el artículo 18, párrafo 4, del Convenio sobre la Ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera, hecho en La Haya el 4 de mayo de 1971, España declara aceptar la adhesión de la República de Belarús al citado Convenio.
El Convenio entrará en vigor entre España y la República de Belarús el día 7 de abril de 2001.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 21 de marzo de 2001.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.
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