El Tribunal Constitucional, por Autos de 8 de mayo actual, ha acordado declarar la extinción, por desaparición sobrevenida de su objeto, de las cuestiones de inconstitucionalidad números 4313/97, 5136/97, 1155/98, 1160/98, 1161/98, 1177/98, 1269/98, 2707/98, 2737/98 y 2738/98, promovidas por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto del artículo 61.2 de la Ley General Tributaria, en su redacción dada por la disposición adicional 14.a 2 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Madrid, 8 de mayo de 2001.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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