El Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 767/2002, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de San Bartolomé de Tirajana, en relación con la disposición transitoria única de la Ley 5/1999, de 15 de marzo, que modifica la Ley 7/1995, de 6 de abril, del Parlamento de Canarias, de Ordenación del Turismo de Canarias, por considerar que pueda ser contraria al artículo 149.1.8.a de la Constitución.
Madrid, 21 de mayo de 2002.-El Secretario de Justicia.
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