El Real Decreto 1/2001, de 12 de enero, fijó la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal. Posteriormente, la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002, incrementa la dotación económica que permite aumentar el número de plazas en la carrera fiscal, por lo que procede la distribución de las mismas entre los distintos órganos del Ministerio Fiscal, según contempla el artículo 18.2 y disposición final primera de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
El presente Real Decreto ha sido informado por el Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2002,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Creación de Adscripciones Permanentes.
Se crean las Adscripciones Permanentes del Ministerio Fiscal, con el ámbito territorial que en cada caso se indica, en las localidades siguientes:
1. Comunidad Autónoma de Canarias:
En la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife se constituye la Adscripción Permanente de Arona, con el ámbito de su partido judicial.
2. Comunidad Valenciana:
En la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante se constituye la Adscripción Permanente de Torrevieja, con el ámbito de su partido judicial.
Artículo 2. Creación de plazas.
Se crean en la carrera fiscal 49 plazas correspondientes a la segunda categoría, distribuidas entre las siguientes fiscalías:
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz.
Adscripción Permanente de Algeciras: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén.
Adscripción Permanente de Úbeda: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: tres plazas.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: tres plazas.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón:
una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias. Adscripción Permanente de Gijón: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears. Adscripción Permanente de Mahón: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias:
una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Adscripción Permanente de Puerto del Rosario: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Adscripción Permanente de Arona: dos plazas.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de León.
Adscripción Permanente de Ponferrada: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Adscripción Permanente de Arenys de Mar: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Adscripción Permanente de Sabadell: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Adscripción Permanente de l'Hospitalet de Llobregat:
dos plazas.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Adscripción Permanente de Sant Feliu de Llobregat: dos plazas.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona.
Adscripción Permanente de Figueres: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz.
Adscripción Permanente de Mérida: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia:
una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra.
Adscripción Permanente de Vigo: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: cinco plazas.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Adscripción Permanente de Getafe: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Adscripción Permanente de Alcalá de Henares: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Adscripción Permanente de Móstoles: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Adscripción Permanente de Cartagena: una plaza.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: cuatro plazas.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante.
Adscripción Permanente de Torrevieja: dos plazas.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: una plaza.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: una plaza.
Artículo 3. Plantilla de la carrera fiscal.
1. El total de efectivos de la carrera fiscal queda constituido por los siguientes destinos:
a) Primera categoría: 14 Fiscales de Sala, de los que el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo tiene la consideración de Presidente de Sala de dicho Alto Tribunal.
b) Segunda categoría: 1.112 Fiscales.
c) Tercera categoría: 571 Abogados Fiscales.
2. La plantilla del Ministerio Fiscal es la que se recoge en el anexo de la presente disposición.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 1/2001, de 12 de enero, por el que se fija la plantilla del Ministerio Fiscal.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se autoriza al Ministro de Justicia para dictar las normas y adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el presente Real Decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Dado en Madrid a 27 de septiembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
ANEXO
(VER IMÁGENES, PÁGINAS 34729 A 34741).
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid