El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de marzo actual, ha acordado levantar la suspensión de los artículos 23.3, párrafo 3.º, 24.1, 50.2 y 72.1, así como la disposición final segunda de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, Reguladora del Comercio de Navarra, y mantener la de los artículos 40.2.c) y 46.1 de esta misma Ley.
Madrid, 21 de marzo de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA
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