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Documento BOE-A-2002-8110

Resolución de 23 de abril de 2002, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 25 de mayo de 2000, por la que se delegan determinadas competencias en órganos centrales y provinciales de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2002, páginas 15506 a 15506 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-8110
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/04/23/(1)

TEXTO ORIGINAL

Entre las competencias cuyo ejercicio se delega en los Directores provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social en virtud de la Resolución de 25 de mayo de 2000, de esta Dirección General, su apartado tercero.a).1 señala, en materia de contratación y respecto de los contratos que hagan referencia a los créditos descentralizados o habilitados al correspondiente Director provincial y a los bienes patrimoniales radicados en su respectivo ámbito provincial, la de celebrar contratos administrativos, siempre que su importe inicial sea igual o inferior a 450.759,08 euros respecto a las Direcciones Provinciales de Barcelona, Madrid, Sevilla y Valencia, y a 300.506,05 euros respecto a las restantes Direcciones Provinciales.

El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, ha dispuesto en su artículo 4.1 que, sin perjuicio de que la delegación del ejercicio de las facultades contractuales disponga otra cosa, la facultad para celebrar contratos lleva implícita las de aprobación del proyecto y de los pliegos, las de adjudicación del contrato y de su formalización, así como la de las restantes facultades que tales Ley y Reglamento atribuyen al órgano de contratación, pero no la de aprobación del gasto, salvo que esta función se incluya de forma expresa en la respectiva delegación.

Próxima la entrada en vigor del citado Reglamento general, se estima necesario adaptar a lo establecido en su artículo 4.1 el apartado antes señalado de la Resolución de 25 de mayo de 2000, a fin de mantener la agilidad y eficacia administrativa que motivó la delegación en los Directores provinciales de esta Tesorería General en él contenida.

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en la disposición adicional decimotercera.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado,

Esta Dirección General dicta las siguientes instrucciones:

Primera.-Se modifica el número 1 de la letra a) del apartado tercero de la Resolución de 25 de mayo de 2000, por la que se delegan determinadas competencias en órganos centrales y provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Tercero.-Se delega en los Directores provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social el ejercicio de las siguientes competencias:

a) En materia de contratación, respecto de los contratos que hagan referencia a los créditos descentralizados o habilitados al correspondiente Director provincial y a los bienes patrimoniales radicados en su respectivo ámbito provincial:

1. La facultad para celebrar contratos administrativos, incluida la de aprobación del gasto, siempre que el importe inicial de los mismos sea igual o inferior a 450.759,08 euros respecto a las Direcciones Provinciales de Barcelona, Madrid, Sevilla y Valencia, y a 300.506,05 euros respecto a las restantes Direcciones Provinciales."

Segunda.-Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 23 de abril de 2002.-El Director general, Francisco Gómez Ferreiro.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/04/2002
  • Fecha de publicación: 26/04/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 27/04/2002
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 3 de la Resolución de 25 de mayo de 2000 (Ref. BOE-A-2000-11263).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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