La Orden ECO/301/2002, de 15 de febrero, establece la retribución de las actividades reguladas del sector gasista y en su anexo V fija el coste acreditado a la actividad de distribución para cada empresa en el año 2002.
Revisada la citada Orden, se ha detectado un error numérico en los costes acreditados correspondientes a una empresa distribuidora, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19, apartado 2, b), del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio, de ordenación del diario oficial del Estado, no se ha considerado procedente publicar como corrección de errores, por lo que es necesaria la publicación de una norma de igual rango.
En su virtud, dispongo:
Se modifica el anexo V de la Orden ECO/301/2002, de 15 de febrero, por la que se establece la retribución de las actividades reguladas del sector gasista, en los siguientes términos:
a) Los costes acreditados a la actividad de distribución de la empresa «Donostigás, Sociedad Anónima», en el año 2002 se fijan en 6.917 miles de euros.
b) Los costes acreditados a la actividad de distribución en el año 2002 para la totalidad del sector se fijan en 947.026 miles de euros.
La modificación recogida en esta Orden tendrá efecto a partir de la fecha de entrada en vigor de la Orden ECO/301/2002, de 15 de febrero, por la que se establece la retribución de las actividades reguladas del sector gasista.
Lo que comunico a V. E. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 10 de abril de 2002.
DE RATO Y FIGAREDO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa.
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