El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 296/2003, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por supuesta inconstitucionalidad del artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de Castilla-La Mancha, de Ordenación del Servicio Farmacéutico, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.
Madrid, quince de julio de dos mil tres.-El Secretario de Justicia.
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