El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4332/2003, planteada por la Sec ción Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 59.c) de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos de Cataluña, por posible vulneración del artículo 157 de la Constitución, en relación con el artículo 44 de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.
Madrid, quince de julio de dos mil tres.-El Secretario de Justicia.
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