El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4817-2003, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con el art. 219.2 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción resultante del art. 88 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por presunta vulneración de los arts. 9.3 y 41 de la Constitución.
Madrid, 30 de septiembre de 2003.-El Secretario de Justicia.
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