La Orden FOM/1415/2003, de 23 de mayo, establece en su artículo 1 que las normas de calidad deberán se aplicadas por la Dirección General de la Marina Mercante en lo referente a las titulaciones y certificados de especialidad.
En el artículo 2.2.1 del anexo de la citada Orden, se enumeran las obligaciones de la dirección de la organización en materia de calidad.
Con el fin de agilizar y simplificar la implantación y mantenimientos de las normas de calidad en este Centro Directivo, se ha considerado procedente hacer uso de las facultades previstas en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre delegación de competencias.
Se aprueba la delegación de competencias de las obligaciones de la organización en materia de calidad de la Dirección General de la Marina Mercante en el Subdirector General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de septiembre de 2003.–El Director general, José Luis López-Sors González.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima.
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