En el recurso contencioso-administrativo n.º 495/2001, interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 27 de octubre de 2003, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
1.º Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales contra el R. D. 786/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales, que declaramos nulo por ser contrario a Derecho.
2.º No ha lugar a la imposición de las costas.
3.º Publíquese el fallo de esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado.
Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret ; Magistrados: Excmo. Sr. D. Óscar González González ; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; Excmo. Sr. D. Francisco Trujillo Mamely ; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado ; Excmo. Sr. D. Fernando Cid Fontán.
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