El Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1621-2003, promovido por Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con los arts. 5 ; 6; 8.2 y 3; 10.2; 16.3; 23.2; 26.2 y 5; 29.2 y 3 ; 31.2; 35.4 y 6; 43.3; 46.1; 49.2; 58.3; 59.1; 88.2; 92.3 ; 101.3; 106; 107.3; Disposición adicional 2.ª, 2; Disposición adicional 3.ª, 1 y 4 ; Disposición adicional 4.a ; Disposición transitoria 2.a, 1; Disposición final 3.ª, 2 ; Disposición final 6.ª; Disposición final 9.ª, y Disposición final 10.a de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la Educación.
Madrid, 29 de abril de 2003.-El Secretario de Justicia.
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