El Tribunal Constitucional, por auto de 20 de julio actual, ha acordado levantar la suspensión de la vigencia de los artículos 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63 y 64 de la Ley del Parlamento de Andalucía 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, y cuya suspensión se produjo en el recurso de inconstitucionalidad número 2102-2004, que fue promovido por el Abogado del Estado en representación del Presidente del Gobierno, con invocación del artículo 161.2 de la Constitución y publicada en el Boletín Oficial del Estado número 120, de 18 de mayo de 2004.
Madrid, 20 de julio de 2004.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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