Los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril y 562/2004, de 19 de abril, disponen la creación del Ministerio de Economía y Hacienda y establecen una nueva estructura del mismo, incluyendo entre sus órganos superiores a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos. Dicha estructura orgánica básica ha sido desarrollada por el Real decreto 1552/2004, de 25 de junio.
La introducción en los citados Reales Decretos de modificaciones en los órganos superiores y directivos del Ministerio y la supresión de la Secretaría de Estado de Hacienda y de la de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos cuyas competencias pasan a integrarse en la nueva Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, hace necesario reordenar las delegaciones para garantizar un funcionamiento ágil y eficaz en el ejercicio de las competencias y, entre ellas, de las que afectan a la materia de recursos humanos.
En virtud de todo lo anterior, esta Secretaria de Estado dispone:
Primero.-Se delegan en el titular de la Subsecretaría de Economía y Hacienda las competencias que, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, atribuyen los números 1, 2 y 3 del artículo 9, del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, al Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, en relación con los funcionarios destinados en la Secretaría de Estado y en los centros directivos de ella dependientes.
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y será aplicable a los supuestos de justificación documental que se encuentren pendientes del visado de conformidad del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos.
Madrid, 24 de septiembre de 2004.-El Secretario de Estado, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.
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