La Orden de 30 de septiembre de 1997, por la que se creó la Junta y Mesa de Contratación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, fue parcialmente modificada por la de 15 de octubre de 2001, para adaptarla a la estructura orgánica del Ministerio en aquel momento. El Real Decreto 1417/2004, de 11 de junio, que desarrolla la actual estructura orgánica del Departamento, hace necesario que, nuevamente, haya de cambiarse la composición de los dos órganos colegiados citados para adaptarla a esta nueva estructura. En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
Artículo único.-Modificación de la Orden de 30 de septiembre de 1997, en la redacción dada por la de 15 de octubre de 2001.
1. Se modifica el punto 1 del apartado segundo de la Orden de 30 de septiembre de 1997, en la redacción dada por la de 15 de octubre de 2001, por la que se creó la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los servicios centrales en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que quedará redactado como sigue:
«1. La Junta de Contratación estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Subsecretario del Departamento. Vocales: Un representante de la Subsecretaría, un representante de la Secretaría General de Pesca Marítima y tres representantes de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación. Dichos representantes, con rango de Subdirector general o asimilado, serán nombrados por el Ministro, a propuesta del Subsecretario y de los Secretarios generales, respectivamente. Un Abogado del Estado de los destinados en la Abogacía del Estado en el Departamento. Un Interventor Delegado en el Departamento. Secretario: Con voz y voto, el Jefe de Área de Contratación y Patrimonio de la Subdirección General de Administración Económica y Patrimonial.»
2. Se modifica el punto 2 del apartado cuarto de la Orden de 30 de septiembre de 1997, en la redacción que le diera la de 15 de octubre de 2001, que quedará redactado como sigue:
«2. La Mesa de Contratación tendrá la siguiente composición: Presidente: El Subsecretario del Departamento. Vocales: Un representante de la Subsecretaría, un representante de la Secretaría General de Pesca Marítima y tres representantes de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación. Dichos representantes, con rango de Subdirector general o asimilado, serán nombrados por el Ministro, a propuesta del Subsecretario y de los Secretarios generales, respectivamente. Un Abogado del Estado de los destinados en la Abogacía del Estado en el Departamento. Un Interventor Delegado en el Departamento. Secretario: Con voz y voto, el Jefe de Área de Contratación y Patrimonio de la Subdirección General de Administración Económica y Patrimonial.»
Disposición final.-Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor un mes después de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de noviembre de 2004.
ESPINOSA MANGANA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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