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Documento BOE-A-2004-6135

Recurso de inconstitucionalidad número 1022-2004, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con determinados preceptos de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios profesionales de Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2004, páginas 14371 a 14371 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2004-6135

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1022-2004, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con el inciso "o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquella" del primer párrafo del artículo 4 de la Ley del Parlamento de Andalucía 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -20 de febrero de 2004-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.

Madrid, 23 de marzo de 2004.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 23/03/2004
  • Fecha de publicación: 06/04/2004
  • Suspende, desde el 6 de abril de 2004, la vigencia y aplicación del precepto impugnado y, desde el 20 de febrero de 2004, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA inconstitucional y nulo el inciso indicado del art. 4, por Sentencia 63/2013, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2013-3799).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión del precepto impugnado, por Auto de 11 de mayo de 2004 (Ref. BOE-A-2004-9707).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con lo indicado del art. 4 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-23110).
Materias
  • Andalucía
  • Colegios Profesionales
  • Recursos de inconstitucionalidad

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