El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 2144-2004, promovido por el Gobierno de Aragón contra los arts. 126.1, 126.2 y 126.3, que modifican, respectivamente, los arts. 22.3, 23.4 y 23 ter, todos ellos de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre ; art. 127.3, que introduce una nueva disposición adicional cuarta al Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, sobre evaluación ambiental de los planes y proyectos estatales previstos en el art. 6 del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres ; art. 127, que modifica la disposición final tercera del citado Real Decreto Legislativo 1302/1986 ; el art. 128.2, que modifica el art. 27.4, párrafo segundo, de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos ; y el art. 129, en su totalidad sobre modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se incorpora al Derecho español la Directiva 2000/60/CE por la que se establece un marco comunitario y de actuación en el ámbito de la política de aguas, todos incluidos en el título V, capítulo V, sobre Acción administrativa en materia de medio ambiente, de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Madrid, 27 de abril de 2004.-El Secretario de Justicia.
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