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Documento BOE-A-2005-6028

Resolución de 31 de marzo de 2005, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se corrige error en la de 17 de febrero de 2005, estableciendo procedimientos a seguir con el personal de vuelo (helicóptero) en formación y la autorización de los centros de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2005, páginas 12972 a 12972 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2005-6028
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/31/(1)

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Resolución de 17 de febrero de 2005 de la Dirección General de Aviación Civil estableciendo procedimientos a seguir con el personal de vuelo (helicóptero) en formación y la autorización de los centros de formación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 60, de 11 de marzo de 2005, se procede a su rectificación. En la página 8627, el apartado B. Escuelas de vuelo, queda redactado del siguiente modo:

«Los centros de formación que impartan cursos de formación para la obtención de licencias y habilitaciones de piloto de helicóptero en sus distintas categorías y modalidades, que quieran obtener la condición de FTO o TRTO reguladas en el JAR-FCL 2.055, disponen de un plazo hasta el 23 de mayo de 2005, pudiendo continuar entretanto su actividad en las condiciones en que han sido autorizadas.»

Madrid, 31 de marzo de 2005.-El Director General, Manuel Bautista Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/03/2005
  • Fecha de publicación: 15/04/2005
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 17 de febrero de 2005 (Ref. BOE-A-2005-4021).
Materias
  • Aeronaves
  • Capacitación profesional
  • Centros de enseñanza
  • Licencias
  • Navegación aérea
  • Pilotos de aviación
  • Títulos académicos y profesionales

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