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Documento BOE-A-2005-832

Real Decreto 2400/2004, de 30 de diciembre, por el que se crea la Agregaduría de Economía y Comercio de la Misión Diplomática Permanente de España en Lituania.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2005, páginas 1714 a 1715 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2005-832
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2004/12/30/2400

TEXTO ORIGINAL

Desde su independencia de la extinta Unión Soviética en 1991, apoyada por la mayoría de los países comunitarios, Lituania estableció relaciones con la Unión Europea que se han concretado en acuerdos políticos y económicos, entre los que destacan el firmado en mayo de 1992 con la Comisión Europea sobre comercio y cooperación comercial y económica y el Acuerdo de Libre Comercio con la UE que entró en vigor en febrero de 1995. El Acuerdo de Asociación entró en vigor en febrero de 1998. Tras la conclusión de las negociaciones de adhesión en el Consejo Europeo de Copenhague de diciembre de 2002, Lituania se ha integrado en la Unión Europea en mayo de 2004. Paralelamente, en mayo de 2001, Lituania firmó su adhesión a la Organización Mundial del Comercio, y en 1992 ingresó en el Banco Mundial, en el Fondo Monetario Internacional y en el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo. En marzo del 2004 Lituania pasó asimismo a ser miembro de pleno derecho de la OTAN. Desde su independencia, el PIB lituano ha ido acercándose en su composición al de una economía desarrollada, donde el sector de mayor peso es el de servicios, mientras que el sector primario se va reduciendo paulatinamente. El gran peso del sector industrial es remarcable, así como su tendencia a seguir ampliándose. La puesta en marcha de las medidas de ajuste del plan estratégico económico a medio plazo (2000-2005) ha facilitado la estabilización macroeconómica y el crecimiento económico, alcanzándose una tasa de crecimiento del PIB del 8,9% en 2003. La economía lituana está convergiendo rápidamente hacia la media europea. El déficit público se situó tan sólo en el 1,7% del PIB en el año 2003, gracias a la mejora de la recaudación impositiva, y la deuda pública está situada en el 27,15% del PIB. Los precios registraron una deflación del 1,3% en 2003 debido a la depreciación del dólar respecto al euro. Las relaciones comerciales entre España y Lituania son claramente expansivas. El ritmo de crecimiento anual de los intercambios comerciales ha sido bastante elevado desde 1993, con una tasa media del 31%, que se vio notablemente incrementado en 2001 y 2002. Las exportaciones españolas han pasado de 35,1 millones de € en 1996 a 113,71 millones de euros de 2003. Por lo que respecta a nuestras importaciones de Lituania, en 2003 se alcanzaron los 195,58 millones de euros. En términos de inversión, también puede considerarse a Lituania como un destino de interés para la actividad empresarial española, en particular con su entrada en la Unión Europea en mayo del 2004. En Lituania se están desarrollando grandes proyectos de inversión, que serán en parte financiados por fondos europeos. Lituania tiene asignados 1.300 millones de euros en fondos estructurales de la Unión Europea. Por las razones anteriormente expuestas se considera necesaria la creación de una Oficina Económica y Comercial de España en Lituania, con el fin de mejorar la asistencia a la empresa española en su penetración en el mercado lituano, dentro del marco normativo que forman tanto la Ley 6/1997, de 14 de abril, sobre Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, como los artículos 11 y 15 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, sobre Organización de la Administración del Estado en el Exterior, y 4 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de puestos de trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España. En su virtud, a iniciativa de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Industria, Turismo y Comercio, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2004,

D I S P O N G O :
Artículo 1. Creación de la Agregaduría de Economía y Comercio.

Se crea la Agregaduría de Economía y Comercio de la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Lituania, con sede en Vilna y que se articula como Oficina Económica y Comercial de dicha Misión. Esta Agregaduría de Economía y Comercio dependerá funcional, administrativa y presupuestariamente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, sin perjuicio de las facultades de dirección y coordinación del Jefe de la Misión Diplomática.

Artículo 2. Estructura orgánica de la Agregaduría de Economía y Comercio.

La estructura orgánica de la Agregaduría de Economía y Comercio será la que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo, sin que ello suponga, en ningún caso, incremento del gasto público.

Artículo 3. Gastos de apertura, instalación y funcionamiento.

Los gastos que origine la apertura, instalación y funcionamiento de la Agregaduría de Economía y Comercio que se crea por este Real Decreto se cubrirán con cargo a los créditos de la Dirección General de Comercio e Inversiones existentes para las Oficinas Económicas y Comerciales en el extranjero, incluidos los del personal por lo que no se producirá incremento de gasto público.

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, el Ministro de Industria, Turismo y Comercio y el Ministro de Administraciones Públicas, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo previsto en el presente Real Decreto y promoverán las restantes medidas para la aplicación de lo dispuesto en el mismo.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2004.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas, JORDI SEVILLA SEGURA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/12/2004
  • Fecha de publicación: 17/01/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 18/01/2005
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 29 de 3 de febrero de 2005 (Ref. BOE-A-2005-1719).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 4 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-991).
    • arts. 11 y 15 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-1987-11917).
Materias
  • Lituania
  • Misiones Diplomáticas
  • Organización de la Administración del Estado

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