Advertidos errores en la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 90, de 15 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:
En la página 13064, segunda columna, debe sustituirse la redacción del punto 1.14 del apartado Tercero, por la siguiente: «La resolución de las solicitudes en materia de reconocimiento del estatuto de apátrida y de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable».
En la página 13065, primera columna, debe añadirse, a continuación del punto 2.3 del apartado Tercero, lo siguiente: «3. Del Secretario de Estado de Seguridad, la resolución de los recursos que se interpongan contra resoluciones de las autoridades centrales del Departamento, en cualesquiera de las materias objeto de la competencia del mismo, así como la declaración de lesividad de los actos administrativos cuando le corresponda». En la página 13065, primera columna, en el punto 2.2 del apartado Cuarto, donde dice «Respecto de los gastos del Servicio 03, Capítulos 2 y 6...», debe decir «Respecto de los gastos del Servicio 03, Capítulos 1, 2 y 6...». En la página 13065, segunda columna, deben suprimirse los puntos 3.2, 3.3 y 3.4 del apartado Cuarto En la página 13065, segunda columna, debe suprimirse todo el punto 4.2 del apartado Cuarto (incluyendo los puntos 4.2.1, 4.2.2, 4.2.3, 4.2.4, 4.2.4.1 y 4.2.4.2) En la página 13066, primera columna, en el punto 2.2 del apartado Quinto, donde dice «Respecto de los gastos del Servicio 04, Capítulos 2 y 6.», debe decir «Respecto de los gastos del Servicio 04, Capítulos 1, 2 y 6...», En la página 13067, primera columna, debe suprimirse el punto 1.4 del apartado Octavo. En la página 13067, primera columna, debe añadirse un punto 1.7 al apartado Noveno, con la siguiente redacción «La suscripción de Convenios de Colaboración con entidades públicas, a excepción de las Comunidades Autónomas, y con personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado». En la página 13068, segunda columna, en el punto 1.1.4 del apartado Decimocuarto, donde dice «Declarar la jubilación por incapacidad permanente para el servicio», debe decir «Declarar la jubilación por incapacidad permanente para el servicio y la jubilación forzosa».
En la página 13069, primera y segunda columna, en el punto 3.1.7.5 del apartado Decimocuarto, donde dice «Procedimientos de revisión instruidos para determinar la procedencia del reingreso al servicio activo desde la situación de segunda actividad desde la situación de segunda actividad por insuficiencia de aptitudes», debe decir «Procedimientos de revisión instruidos para determinar la procedencia del reingreso al servicio activo desde la situación de segunda actividad por insuficiencia de aptitudes».
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