El Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1579-2006 planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración del artículo 14 de la C.E.
Madrid, 14 de marzo de 2006.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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