El apartado quinto de la Orden Ministerial APU/203/2004, de 29 de enero, modificada por Orden APU/513/2007, de 1 de marzo (BOE de 9 de marzo), por la que se crea un Registro Telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas para la presentación de escritos y solicitudes y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos, delega en la Subsecretaria del Departamento la competencia para incluir nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones a los que sea de aplicación lo dispuesto en la citada Orden.
El Ministerio de Administraciones Públicas tiene atribuida la competencia sobre la gestión y recaudación de tasas, según la disposición transitoria 4.ª del Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE núm. 199 de 20 de agosto de 1997), de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones de Gobierno, que estableció que a partir de 1998, el Ministerio de Administraciones Públicas procederá a la gestión y recaudación de las tasas que venían siendo tramitadas por los servicios periféricos integrados.
Asimismo, el Ministerio de Economía y Hacienda dictó Orden de 4 de junio de 1998 (BOE núm. 134 de 5 de junio de 1998), por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública, modificada por Orden de 11 de diciembre de 2001 (BOE núm. 305 de 21 de diciembre de 2001), concretando las tasas que ha de recaudar cada ministerio y estableciendo que las tasas con código 052 «Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos» y la tasa con código 053 «Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada» son competencia del Ministerio de Administraciones Públicas.
La presente Resolución tiene como objetivo facilitar la liquidación de las tasas con código 052 «Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos» y la tasa con código 053 «Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada» gestionadas por el Ministerio de Administraciones Públicas.
Por todo ello, dispongo:
Primero.–Incluir en el anexo I de la Orden APU/203/2004, de 29 de enero, modificada por Orden APU/513/2007, de 1 de marzo (BOE de 9 de marzo), relativa a los Procedimientos susceptibles de tramitación a través del Registro Telemático, el trámite denominado «Liquidación de la tasa con código 052 «Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos» y «Liquidación de la tasa con código 053 «Tasa por prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada». Este procedimiento comprenderá la liquidación de la mencionada tasa y la recepción de la declaración del pago efectuado.
Segundo.–Incluir en el anexo II de la Orden APU/203/2004, de 29 de enero, modificada por Orden APU/513/2007, de 1 de marzo (BOE de 9 de marzo), el formulario normalizado para este nuevo trámite incluido en anexo de esta Resolución, conteniendo los datos de identificación del destinatario del servicio o actividades administrativas en materia de seguridad privada, reconocimientos, autorizaciones y concursos, de la solicitud efectuada a la Administración, así como de la liquidación de la tasa. Dicho formulario se difundirá igualmente a través del apartado de «Registro Telemático» de la página web del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es.
Tercero.–Los requisitos técnicos de acceso al Registro Telemático y las instrucciones de firma electrónica del formulario son los difundidos a través del apartado de «Registro Telemático» de la página web del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es.
Madrid, 9 de julio de 2007.–La Subsecretaria de Administraciones Públicas, María Dolores Carrión Martín.
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