Advertidos errores en el texto de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 136, de 7 de junio, se procede a efectuar las correspondientes rectificaciones:
En la página 24873, segunda columna, en el artículo 9.1, apartado b), donde dice: «...que el beneficiario realice una inversión en inmovilizado material necesario para el desarrollo de la actividad...», debe decir: «...que el beneficiario realice una inversión en inmovilizado necesario para el desarrollo de la actividad ...».
En la página 24873, segunda columna, en el artículo 9.2, apartado c), donde dice: «... a financiar inversiones en inmovilizado material, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000 euros...», debe decir: «... a financiar inversiones en inmovilizado, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado por cuantía no inferior a 5.000 euros...».
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