El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 6870-2007, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con los arts. 3 b), 6.4, 8.2, 15.5, 16.3 y 4, 17.4, 22, 24.2 y 3, 27.6, 28.5, 30.2, 32.1, 33, 34 y 36.3 y la Disposición adicional primera del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, atribuir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento del presente conflicto.
Madrid, 25 de septiembre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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