Advertido error en el texto de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados, publicada en el BOE n.º 82, de 5 de abril de 2007, se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En la página 14897, artículo 13, punto 5, donde dice: «Podrán justificarse con cargo a la ayuda recibida los gastos que, en su caso hayan podido efectuarse con anterioridad a su concesión, siempre que el gasto haya sido efectivamente pagado, corresponda al ejercicio económico en que se conceda la ayuda y se refiera a las actividades incluidas en el programa subvencionado», debe decir: «Podrán justificarse con cargo a la ayuda recibida los gastos que, en su caso hayan podido efectuarse con anterioridad a su concesión, siempre que el gasto haya sido efectivamente pagado y se refiera a las actividades incluidas en el programa subvencionado».
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