La Resolución de 21 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el ámbito territorial de las Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dispuso la creación, integradas en la Delegación de Lleida, de dos Administraciones en las localidades de Tàrrega y La Seu d´Urgell, señalando a continuación que su entrada efectiva en funcionamiento se producirá cuando se disponga de los medios humanos y materiales necesarios para ello. Asimismo, la Resolución citada señala en su disposición final apartado 2.6 que, por razones de carácter técnico, la constitución efectiva de las Administraciones de Tàrrega y La Seu d´Urgell, pertenecientes a la Delegación de la Agencia de Lleida, se determinará por Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que será publicada en el Boletín Oficial del Estado. La Resolución mencionada establece que en todas las Administraciones de la Agencia se prestará el máximo nivel de servicio en las tareas de información y asistencia, así como que la especialización de las Administraciones en determinados procedimientos administrativos, fundamentalmente de control tributario y de recaudación, permitirá obtener el máximo aprovechamiento de las posibilidades que ofrece la regionalización de competencias y funciones y mejorar la asignación de los recursos disponibles, lográndose con ello mayor eficiencia en su funcionamiento. Bajo estas premisas de especialización y adecuado dimensionamiento de las oficinas, las Administraciones de Tàrrega y La Seu d´Urgell podrán asumir sus funciones de manera gradual. En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.once.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, dispongo:
Único.-Constitución efectiva de las Administraciones de Tàrrega y La Seu d´Urgell. Se dispone la constitución efectiva de las Administraciones de Tàrrega y La Seu d´Urgell, pertenecientes a la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Lleida, con fecha 15 de febrero de 2008.
Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.
De conformidad con el artículo 59.2.b) del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, los procedimientos que se encuentren en curso de tramitación en el momento en que se produzca de manera efectiva el cambio de adscripción, serán continuados y finalizados por el nuevo órgano competente, con las salvedades establecidas en el artículo 59.3 de dicho Reglamento y en el artículo 20.3 del Reglamento General del régimen sancionador tributario, aprobado por Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre.
Madrid, 31 de enero de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Carlos Ocaña y Pérez de Tudela.
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