«El Gobierno del Reino de España ha examinado la declaración interpretativa presentada por la República Islámica de Irán en relación con la Convención Internacional contra la Toma de Rehenes. El Gobierno del Reino de España considera que esta declaración interpretativa no puede limitar el ámbito de aplicación de la Convención, ya que, en virtud de la propia Convención, los actos de toma de rehenes, como manifestaciones del terrorismo internacional, cualquiera que sea su causa, nunca pueden estar justificados. En el caso de que el objetivo de la declaración fuera excluir de los actos prohibidos por la Convención los actos cometidos en el marco de la lucha de los pueblos contra la dominación colonial o la ocupación extranjera, el Gobierno del Reino de España considera que la declaración sería una reserva contraria al objeto y fin de la Convención. En consecuencia, el Gobierno del Reino de España considera que la declaración realizada por Irán no tiene efectos jurídicos sobre la Convención.»
La presente Comunicación de España fue depositada ante el Secretario General de las Naciones Unidas el 6 de febrero de 2008.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 6 de marzo de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas.
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