El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de julio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad número 5085-2009, planteada por la Sala Segunda de este Tribunal, en el recurso de amparo núm. 11684/2006, en relación con los artículos 25.3, párrafo segundo; 26.2, párrafo segundo, y 26.3, párrafo primero, de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por posible vulneración del artículo 14 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el recurso de amparo núm. 11684/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 21 de julio de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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