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La Orden CUL/4229/2005, de 28 de diciembre, creó un registro telemático en el Ministerio de Cultura para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones, al tiempo que se establecieron los requisitos y condiciones de funcionamiento de dicho registro respecto de los trámites y procedimientos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación.
La mencionada orden dispone que los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura podrán optar por utilizar, mediante resolución expresa publicada en el Boletín Oficial del Estado, el registro telemático que se regula en la misma.
La Biblioteca Nacional de España, en el marco de su proceso de adaptación tecnológica y modernización, y en tanto que organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, considera necesaria la utilización del registro telemático de este Departamento.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Orden CUL/4229/2005, de 28 de diciembre, esta Dirección General resuelve:
La utilización del registro telemático del Ministerio de Cultura creado por Orden CUL/4229/2005, de 28 de diciembre, para la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten por vía telemática ante la Biblioteca Nacional de España, relacionados con los trámites y procedimientos que se incluyan en su anexo I.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 27 de noviembre de 2009.–La Directora General de la Biblioteca Nacional, Milagros del Corral Beltrán.
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